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¿Protección de variedades vegetales? Versos y realidades en África

by GRAIN | 25 Oct 1999

¿PROTECCIÓN DE VARIEDADES VEGETALES?

VERSOS Y REALIDADES EN AFRICA*

Octubre 1999

 

 

En junio de 1999, la Unión Internacional para la Protección de Nuevas Variedades Vegetales (UPOV) le envió a los gobiernos africanos francófonos un memorándum oficial en el que explica detalladamente cuales son las ventajas principales que presenta la introducción de un sistema de protección de variedades vegetales --que es una especie de ley de patentes-- en el África:

En resumen, la protección de variedades vegetales contribuye al bienestar de la población mediante sus aportes específicos a:

a) la seguridad alimentaria, por el incremento en la cantidad, calidad y diversidad de productos alimenticios;

b) la agricultura sustentable, por el uso más eficiente de los insumos y recursos disponibles, por ejemplo, o por el empleo de variedades resistentes a las plagas y enfermedades; y

c) la protección del medio ambiente y la biodiversidad, por ejemplo, reduciendo la presión sobre los ecosistemas naturales gracias a la mayor productividad de las tierras cultivadas, el incremento en la diversidad de especies y variedades, y el interés creciente en la conservación y uso de recursos genéticos para la alimentación y la agricultura. (1)

Este montón de oro que la UPOV le ofrece a algunos de los países más pobres del África merece escrutinio y verificación. La UPOV es básicamente un grupo de países industrializados que ceden derechos monopólicos sobre las semillas a un conjunto de empresas multinacionales y otros fitomejoradores institucionales. La UPOV está promocionando actualmente su sistema de protección de variedades vegetales (PVV) de manera muy activa a lo largo y ancho del Tercer Mundo.

En febrero de 1999, los países africanos francófonos que conforman la Organización Africana de la Propiedad Intelectual (OAPI) (2) fueron persuadidos a unirse a la UPOV, sometiéndose a los términos de su Convención de 1991. Tal decisión todavía debe ser ratificada por esos países, y el memorándum de junio del 1999 sólo buscaba recordarles los tesoros que supuestamente encontrarán allí donde termina el arcoiris de la ratificación.

¿Seguridad alimentaria?

No existe nada en el sistema internacional de PVV que oriente al fitomejoramiento en dirección de la seguridad alimentaria. Más específicamente, no hay nada en la Convención UPOV que estipule dar prioridad a la protección legal de los cultivos alimentarios sobre los cultivos industriales. La verdad es que la seguridad alimentaria no figura en absoluto en la agenda de los sistemas de PVV en el África. La primera gráfica presenta el tipo de solicitudes y concesiones de PVV que se han gestionado hasta la fecha en los tres países africanos que brindan este tipo de derechos de propiedad intelectual.

En Kenia, ni una sola de las solicitudes que fueron registradas y sometidas a pruebas de campo desde los inicios de su programa de PVV hasta mayo de 1999 (3) ha correspondido a cultivos importantes para su seguridad alimentaria nacional. Prácticamente todas han correspondido a cultivos industriales --plantas ornamentales, caña de azúcar, café y cebada para la industria cervecera-- mientras que para cultivos alimentarios sólo fue otorgado un certificado: para una variedad de haba verde que se cultiva en Kenia para el mercado europeo. En Kenia, por lo tanto, puede ser que el sistema de PVV contribuya a la seguridad alimentaria de los cultivadores de flores kenianos y de los consumidores europeos de legumbres, pero no cabe duda que no le aporta absolutamente nada a la gran mayoría de campesinos que cultivan alimentos para el mercado interno.

En Zimbabwe, la Ley sobre Derechos de Obtentor fue promulgada en 1973. En 1974 había 13 géneros o especies que cumplían con los requisitos para ser protegidas bajo el sistema de PVV. Esa cifra ahora se ha elevado hasta llegar a 31 (4). Según consta, más del 70% de las solicitudes registradas hasta 1999 corresponden a cultivos comerciales o industriales --plantas ornamentales, fibras vegetales, semillas oleaginosas y tabaco-- mientras que sólo un 30% cubre a cultivos que pueden ser clasificados como alimentarios.

En el caso de Sudáfrica, el sistema de PVV comenzó a regir en 1977. Hasta fines de 1998 se habían otorgado 1435 certificados de PVV, la mitad de los cuales corresponden a cultivos industriales.

Estos tres ejemplos --los únicos disponibles en el África-- demuestran claramente que la PVV no está orientada de manera alguna hacia la "seguridad alimentaria". Muy por el contrario, ponen de manifiesto que la PVV respalda muy eficazmente a las industrias agroexportadoras. Esto es particularmente cierto en Kenia y Zimbabwe, donde el 80% y el 70% de la población respectivamente, depende de la agricultura como forma de sustento. La realidad es que la UPOV se obstina en ignorar es que en las últimas dos décadas, la producción per cápita de alimentos ha descendido en esos tres países. (5)

¿Fomenta la PVV la seguridad alimentaria en el África?

Solicitudes en Kenia, 1997-1999
cultivos industriales: 135
cultivos alimentarios: 1

Solicitudes en Zimbabwe, 1997-1999
cultivos industriales: 534
cultivos alimentarios: 206

Concesiones en Sudáfrica, 1977-1998
cultivos industriales: 700
cultivos alimentarios: 735

Cultivos industriales: fibras vegetales, plantas ornamentales, oleaginosas y cultivos para la industria de procesamiento.

Cultivos alimentarios: todos los cereales, legumbres alimenticias, frutas, tubérculos y verduras.

FUENTE: recopilado por GRAIN en base a la noticia pública del Kenya Plant Health Inspectorate Service (KEPHIS) del 3 de mayo de 1999, Ministerio de Agricultura de Zimbabwe, Departamento de Investigación y Servicio Especializados, División de Semillas, 23 de septiembre de 1999, South African Plant Variety Journal, diciembre de 1998

 

 

¿Agricultura sustentable?

Reiterando, no hay nada inherente tanto a la Convención UPOV como a las legislaciones nacionales de PVV que oriente al fitomejoramiento en dirección a determinados objetivos, excepto los de "DUE", claro está. Todas las legislaciones de PVV en el África exigen que las obtenciones vegetales sean inequívocamente "distintas" entre sí, "uniformes" y "estables" para ser pasibles de protección monopólica. Estos se conocen como los criterios DUE. De estos, la uniformidad y la estabilidad son los dos factores que le dan a la PVV su sesgo en favor del fitomejoramiento para la agricultura industrial. En tanto que requisitos para la obtención del certificado de protección, estos dos criterios inducen a los fitomejoradores a desarrollar variedades con baja capacidad de adaptación, especialmente apropiadas para sistemas de producción de monocultivos destinados a los grandes mercados (nacionales y de exportación). Además, estas variedades suelen requerir niveles elevados de insumos externos que compensen su uniformidad, puesto que la uniformidad sobre grandes extensiones plantadas conduce a mayor vulnerabilidad en el predio. No debe sorprender entonces que en el período comprendido entre 1977 y 1997, tanto Sudáfrica como Zimbabwe hayan triplicado el valor de sus importaciones de pesticidas (6), mientras que en el mismo período Kenia duplicó las suyas. Difícilmente pueda decirse que la uniformidad genética, el monocultivo y la dependencia de insumos externos y mercados de exportación sean las características de la agricultura sustentable.

Pero quizás obtengamos un indicio aún más claro de la relación entre la PVV y la sustentabilidad si examinamos a quiénes se les otorgan mayoritariamente los derechos de protección sobre variedades vegetales. Está ampliamente reconocido que para ingresar a la senda de la agricultura sustentable, cualquier país necesita tener un sistema robusto de investigación nacional capaz de desarrollar tecnologías adaptadas a las necesidades de sus propios agricultores locales. Esto es particularmente cierto del fitomejoramiento, dado que los agricultores necesitan distintas variedades de cultivos para diversas condiciones agronómicas, ambientales y socioeconómicas.

La segunda gráfica es una recopilación de información de seis países en vías de desarrollo que demuestra que la gran mayoría de las solicitudes de PVV provienen de instituciones extranjeras. Estas instituciones extranjeras suelen ser grandes empresas multinacionales que cada vez ejercen un control mayor sobre el complejo industrial del fitomejoramiento, los agroquímicos y la ingeniería genética. En el caso de Kenia, más del 90% de las solicitudes provienen de fitomejoradores extranjeros, mientras que en Sudáfrica esta cifra supera los dos tercios.

Solicitudes de PVV en países en vías de desarrollo, 1997

Nacionales
Extranjeros

Argentina
Colombia
Ecuador
Kenia*
Méjico**
Sudáfrica

Cantidad de solicitudes

* 1997-1999
** 1996-1999

FUENTE: Recopilado por GRAIN en base a datos de la OMPI, Industrial Property Statistics, IPSTAM 997/A; del Kenya Plant Health Inspectorate Service, noticia pública del 3 de mayo de 1999; Méjico SNICS, comunicación personal, septiembre 29 de 1999.

En lugar de fomentar la agricultura sustentable e infraestructuras sustentables de investigación nacional capaces de dar respuestas a las necesidades nacionales y locales, los sistemas de PVV promueven sistemas de agricultura industrial intrínsecamente débiles y dependientes de un puñado de empresas multinacionales.

Protección del medio ambiente y conservación de la biodiversidad

La pretensión de la UPOV de que los sistemas de PVV estimulan la protección del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad no tiene ningún fundamento legal, ni económico, ni en la experiencia real. La verdad es que la PVV suele producir el efecto exactamente contrario. Ya señalamos cómo el requisito de uniformidad presente en todos los sistemas de PVV tiende a destruir la diversidad a nivel predial en lugar de salvaguardarla. No existe ni una sola cláusula de la Convención UPOV que haga referencia a la preservación de los recursos genéticos, lo cual no está exento de sentido, puesto que el objetivo de la legislación sobre propiedad intelectual no es proteger al medio ambiente sino a las creaciones del genio humano. En realidad, la relación entre derechos de propiedad intelectual sobre seres vivos y la conservación y uso sustentable de la biodiversidad es sumamente discutible, tal y como queda demostrado por el conflicto ampliamente reconocido entre el Acuerdo TRIPS de la Organización Mundial del Comercio y el Convenio sobre Diversidad Biológica (CDB). (7)

A pesar de ello, o quizás precisamente por eso, los gobiernos de algunos países en vías de desarrollo en la actualidad redactan sus propias leyes de PVV, incorporando disposiciones en pro de la biodiversidad inspiradas en el CDB, tales como: exigiendo estudios de impacto ambiental, empleando criterios más amplios que el DUE como requisitos, destinando fondos para bancos de semillas comunitarios, y demás (8). Sin embargo, la UPOV está obstaculizando estos esfuerzos. En Centroamérica, por ejemplo, los consejeros de la UPOV le manifestaron el año pasado a legisladores y parlamentarios nicaragüenses que cualquier intento de vincular su legislación nacional de PVV con el Convenio sobre Diversidad Biológica (CDB) la haría incompatible con la UPOV (9).

Más allá de los PVV y en el ámbito de los derechos de propiedad intelectual, el conjunto de los países de africanos a través de la Organización para la Unidad Africana ha aprobado posiciones contra el patentamiento de los seres vivos y a favor de los derechos sui generis de las comunidades locales (ver recuadro). En el contexto de la construcción de los derechos comunitarios como opción ante las patentes es importante el reconocimiento prioritario de los enunciados del CDB (ver recuadro).

África reclama: No al patentamiento de seres vivos

En el último año, los países africanos han hecho grandes avances en la formulación de políticas autóctonas respecto a los derechos de propiedad intelectual sobre la biodiversidad. En julio de 1999 el África adoptó una posición común frente a la revisión del Acuerdo de la Organización Mundial del Comercio (OMC) sobre Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (TRIPS, según su sigla en inglés), mediante dos procesos diferenciados:

* Entre el 6 y el 10 de julio, el Consejo de Ministros de la Organización por la Unidad Africana (OUA) reunido en Argelia aprobó una serie de propuestas en torno a la revisión del artículo 27.3(b) del Acuerdo TRIPS, prevista para 1999, entre las cuales se destacan sus propuestas sobre el patentamiento de seres vivos.

* El 29 de julio en Ginebra, el Grupo Africano de países miembros de la OMC presentó ante el Consejo General sus propias propuestas para la revisión de 1999 del artículo 27.3(b) del Acuerdo TRIPS. Dichas propuestas quedaron registradas como parte del proceso de preparación de la Tercera Conferencia Ministerial de la OMC, realizada en Seattle, EE.UU., entre el 30 de noviembre y el 3 de diciembre pasados.

En ambos casos, África reclamó que el Acuerdo TRIPS aclare que las plantas y los animales, al igual que los microorganismos y todos los seres vivos, así como sus partes y los procesos para su obtención no pueden ser objeto de patentes. El razonamiento que esgrimen es que no existe ningún fundamento en el marco del Acuerdo TRIPS para diferenciar las plantas y los animales (que no necesitan ser patentados), de los microorganismos (que si deben serlo); como tampoco existe fundamento alguno para distinguir entre procesos básicamente biológicos (que no pueden ser patentados) y procesos microbiológicos (que si deben serlo). En ausencia de fundamentos para tal diferenciación y en vista que los seres vivos y los procesos mediante los cuales éstos se generan forman todos parte de la naturaleza, los forjadores africanos de políticas comerciales argumentan que no debería permitirse el patentamiento en este ámbito.

El Grupo Africano ha avanzado aún más en sus reclamos ante la OMC. Además de prohibir el patentamiento de seres vivos, también quiere que el Acuerdo TRIPS avale todo tipo de legislaciones nacionales sui generis para proteger los derechos de los agricultores y las comunidades locales e indígenas. Tales ‘derechos comunitarios’ ya son reconocidos bajo el Convenio sobre Diversidad Biológica y por el Compromiso Internacional sobre Recursos Fitogenéticos [de la FAO].

La opción sui generis del artículo 27.3(b) del Acuerdo TRIPS ha sido muy controvertida. Este artículo obliga a brindar algún tipo de protección a la propiedad intelectual sobre las variedades vegetales a nivel nacional, ya sea mediante patentes o algún sistema sui generis eficaz. Muchos países están optando por soluciones sui generis sin tener certeza de lo que ellas implican, sobre todo en lo que respecta a su "eficacia" en el terreno de las controversias comerciales en el seno de la OMC. Los países en vías de desarrollo tenían formalmente hasta el 1ero de enero del año 2000 para instrumentar esta disposición del Acuerdo TRIPS, pero a la luz de que no se ha completado la revisión del artículo 27.3(b) prevista para 1999, los países africanos y otros han propuesto ampliar el plazo e incluir opciones que no necesariamente son derechos de propiedad intelectual.

Tanto en la OUA como en Ginebra, los gobiernos africanos han avanzado con paso decidido y ejemplar. Muchas organizaciones de la sociedad civil en el mundo se han movilizado en apoyo y defensa de estas iniciativas, las cuales estuvieron presentes en la reunión ministerial de la OMC en Seattle.

Adaptado de ‘Sprouting Up: Africa Urges No Patents on Life,’ Seedling, septiembre 1999.

 

Conclusiones

Los argumentos que esgrime la UPOV cuando declara que los sistemas de PVV, y en particular la Convención UPOV, contribuyen a la seguridad alimentaria, la agricultura sustentable y la protección de la biodiversidad, son falaces e infundados.

Sus promesas con respecto a la seguridad alimentaria pueden ser cotejadas con el análisis de la experiencia africana con los sistemas de PVV hasta la fecha. En Kenia y Zimbabwe, la PVV está notoriamente sesgada hacia el fortalecimiento del sector de cultivos comerciales y agroindustriales, no de la seguridad alimentaria, mientras que en Sudáfrica no es posible establecer una relación privilegiada entre la PVV y los cultivos alimentarios.

Sus promesas de sustentabilidad están minadas por el mismísimo requisito de uniformidad que establecen las propias leyes de PVV. Además, los datos muestran que en lugar de promover infraestructuras sustentables de investigación nacional, el grueso de los derechos monopólicos de PVV terminan en manos de empresas multinacionales extranjeras, fomentando la dependencia, no la sustentabilidad.

Su promesa de proteger la biodiversidad probablemente sea la que está más fuera de lugar. Tal y como constatamos antes, las leyes de PVV fomentan la uniformidad y la agricultura industrial de exportación, no la biodiversidad. Un sistema normativo que restringe el derecho de los agricultores a guardar semillas [de una cosecha para la próxima] y que veta la variabilidad en su propia concepción de variedad vegetal, no tiene mérito alguno como herramienta de protección de la biodiversidad.

 

Notas:

1. Aide Mémoire pour la Ratification du Nouvel Accord de Bangui et l’Adhésion a l’Union Internationale pour la Protection des Obtentions Végétales (UPOV), Ginebra, junio de 1999.

2. Benin, Burkina Faso, Camerún, República Central Africana, Chad, Costa de Marfil, Malí, Mauritania, Níger, Senegal y Togo.

3. El Departamento de PVV fue creado en marzo de 1997 y, desde entonces, hasta mayo de 1999, fueron sometidas a pruebas [de campo] 136 variedades para las cuales se solicitaba protección. De estas, había 123 plantas ornamentales, 6 variedades de caña de azúcar, 5 variedades de cebada (siendo el obtentor un fabricante de cervezas), una de café y una de habas verdes (Noticia Pública en KEPHIS, mayo 3 de 1999).

4. Dr. Bellah Mpofu, National Experience and Plans to Implement a Sui Generis System in Zimbabwe, documento presentado ante el Taller Regional sobre Protección de Variedades Vegetales bajo el Artículo 27.3(b) del Acuerdo TRIPS, organizado conjuntamente por la UPOV, la OMPI y la OMC en Nairobi, en mayo 6-7 de 1999.

5. Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, Informe de 1999 sobre Desarrollo Humano, www.undp.org/hdro/food.htm

6. FAOSTAT solamente proporciona guarismos monetarios en lo que a importación de pesticidas se refiere. Para Zimbabwe las cifras correspondientes fueron U$S 12 millones en 1977 y U$S 27 millones en 1997. En Sudáfrica, U$S 34 millones en 1977 y U$S 115 millones en 1997. En Kenia, U$S 24 millones en 1977 y U$S 42 millones en 1997. La mayor parte de estos agroquímicos fueron rociados sobre cultivos comerciales. http://apps.fao.org/

7. TRIPS (por su sigla e inglés) significa Aspectos de la Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (ADPIC) y es un acuerdo multilateral que habilita el patentamiento de seres vivos. Ver Gaia/GRAIN, "TRIPS vs CDB", Global Trade and Biodiversity in Conflict, No. 1, abril de 1998, www.grain.org/publications/gtbc/issue1.htm

8. Ver Beyond UPOV: Examples of developing countries preparing non-UPOV sui generis plant variety protection schemes for compliance with TRIPS, GRAIN, julio de 1999, www.grain.org/publications/reports/nonupov.htm

9. Daniel Querol, comunicación personal, agosto 16 de 1999.

 

* Originalmente publicado por GRAIN como Plant variety protection to feed Africa? Rhetoric versus reality, octubre de 1999. La versión original en inglés, así como la versión completa en español, se encuentran en el sitio web de GRAIN: www.grain.org

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