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Derechos de Propiedad Intelectual y Biodiversidad: Los Mitos Económicos

by GAIA/GRAIN | 25 Oct 1998

Derechos de Propiedad Intelectual y Biodiversidad: Los Mitos Económicos

CONFLICTOS ENTRE COMERCIO GLOBAL Y BIODIVERSIDAD

Núm. 3

Octubre 1998

 

 

La Organización Mundial de Comercio (OMC) está labrando para sí un espacio en la administración global de los sistemas jurídicos de propiedad intelectual. El Acuerdo de la OMC sobre Aspectos de la Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio, conocido como TRIPs (del inglés, Trade Related Intellectual Property Rights), establece estándares sobre derechos de propiedad intelectual a los cuales han de ajustarse todos los miembros de la OMC en siete sectores. TRIPs entró en vigor en 1995 y dentro de poco, los países en desarrollo deberán aplicar la normativa en su totalidad (los países en desarrollo en el año 2000, y los países menos desarrollados en el 2005). Su incumplimiento puede dar lugar a sanciones comerciales.

El presente informe analiza el coste económico y los beneficios derivados de la aplicación del acuerdo TRIPs, dedicando especial atención a los países en desarrollo y a la riqueza en diversidad biológica que albergan. En particular, cuestiona tres de los mitos relacionados con derechos de propiedad intelectual (DPI) y desarrollo económico: el mito de la transferencia de tecnología, el mito de la innovación y el mito de las inversiones.

Para los países del Sur, los costes derivados de la aplicación de TRIPs pueden superar con mucho sus posibles beneficios. Unos DPI más amplios permitirán a las corporaciones transnacionales (CTNs) ampliar su control del mercado, pero no aseguran al Sur mayores inversiones, ni la transferencia de tecnología, ni un mayor crecimiento económico. Los precios en determinados sectores, como el de las semillas y las medicinas, subirán; las condiciones de monopolio impuestas inhibirán el desarrollo de empresas nacionales; y la contribución del Sur al subsidio de la investigación y desarrollo (I+D) del Norte aumentará. A largo plazo, los TRIPs socavarán el tejido socio-económico sobre el que se asienta la innovación del Sur.

Se anima a los Gobiernos y a las organizaciones no gubernamentales preocupadas por las repercusiones de los DPI en los países en desarrollo, y en particular por los TRIPs, a luchar por:

1. La derogación de la obligación de extender DPI a las obtenciones vegetales, en la Revisión del Artículo 27.3(b) de TRIPs en 1999;

2. Una nueva evaluación del coste y de los beneficios derivados de la aplicación de TRIPs, como parte del proceso de Revisión de la totalidad del Acuerdo en el 2000, y la supresión de este acuerdo del tratado si sus implicaciones negativas son demasiado gravosas para el Sur;

3. El fortalecimiento de instrumentos, políticas y prácticas que impidan la expansión del monopolio de las CTNs sobre la biodiversidad, como el Convenio de Diversidad Biológica (CDB);

4. Enfoques más creativos para incentivar la investigación y el desarrollo, que no estén sesgados a favor de los intereses industriales.

 

El primer y más directo beneficiario de la aplicación de los acuerdos TRIPs será seguramente el sector dedicado al desarrollo de tecnología e información en los países industrializados.

UNCTAD, 19971

 

1. Introducción

Durante las negociaciones de la Ronda de Uruguay del Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio (GATT), se presionó a los países en desarrollo para que aceptaran la inclusión de DPI en el sistema multilateral de comercio. El principal argumento esgrimido por los países desarrollados era que una protección débil de DPI constituye una barrera al libre comercio. En 1988, en las primeras fases de las negociaciones, el representante de Comercio de EEUU afirmaba que los países con sistemas de DPI débiles estafaban 24.000 millones de dólares a unas 200 compañías transnacionales de Estados Unidos. Y en general, se trataba de países pobres del hemisferio Sur2. Con ello se iniciaba una agresiva campaña para equiparar los sistemas de DPI de todos los países, estableciendo un nivel ‘mínimo’ de protección, a través del GATT. En 1994 se concluyó el Acuerdo sobre Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (TRIPs, del inglés Trade Related Intellectual Property Rights), como parte del paquete pactado en la Ronda de Uruguay, que transformó el GATT en la Organización Mundial del Comercio (OMC).

Las negociaciones de TRIPs, en las cuales participó exclusivamente un reducido número de estados miembros del GATT, revelaron una línea divisoria muy clara que separaba intereses contrapuestos Norte/Sur. Para muchos países en desarrollo la propuesta de ampliar el campo de la protección de las patentes a las plantas, micro-organismos, técnicas biotecnológicas, alimentos y fármacos esenciales en el nuevo régimen de comercio, presentaba numerosos problemas éticos y legales. Sin embargo, fueron principalmente los aspectos económicos de TRIPs lo que suscitó la oposición del Sur al acuerdo TRIPs. Se planteaban objeciones a: la imposición de un enfoque de DPI "talla única" en economías muy dispares; al peligro de permitir la adquisición de derechos de monopolio en sectores como la alimentación, la salud y la energía; a la sangría de reservas de moneda extranjera; y al hecho de que unos DPI más amplios consolidarían el abismo tecnológico existente entre el Norte y el Sur, y unos términos de acceso a la información científica cada vez más deteriorados . Los países ricos, por su parte, insistían en los supuestos beneficios económicos de una mayor protección de los DPI para los países del Sur como: incremento de la transferencia de tecnología; aumento de la inversión extranjera; crecimiento económico; y una mejora del nivel de vida.

Este informe desenmascara y hace una crítica a los principales argumentos económicos neoliberales que se siguen empleando para ganar adeptos a los TRIPs, y a los acuerdos internacionales sobre DPI que están siendo impuestos por los intereses industriales. El clásico razonamiento sobre la relación entre derechos de propiedad intelectual y desarrollo se sustenta en una serie de "mitos económicos". Les llamamos mitos porque no son verdades, pero sin embargo se consigue sagazmente su persistencia en la conciencia social. Aún así, los economistas están muy enfrentados en el análisis de estas cuestiones y de los datos sobre su aplicación. En estos momentos es crucial plantar cara a estos mitos y desvelar sus pies de barro, dado que el Acuerdo TRIPs va a ser revisado en el seno de la OMC. En 1999, los más de 130 gobiernos que son miembros de la OMC, y por tanto partes del acuerdo TRIPs, harán una reevaluación de las obligaciones del acuerdo en el sentido de ampliar los DPI a los seres vivos, y específicamente a las obtenciones vegetales. En el 2000 se revisará la totalidad del Acuerdo. Estas revisiones constituyen una oportunidad clave para que los países en desarrollo enmienden los TRIPs a la luz de sus verdaderas implicaciones económicas.

2. Premisas económicas que los TRIPs dan por ciertas

2.1. La Tecnología en la economía global

El conocimiento y la incorporación del conocimiento a la tecnología son un factor clave en la producción de bienes y servicios, la competitividad de las naciones y de las empresas, y la creación y concentración de la riqueza3. La tecnología es también un puntal de la globalización, dado que las corporaciones están mejor dotadas para organizar y vincular unidades productivas dispersas con vistas a su penetración en los mercados globales. Por ello no es de extrañar que la capacidad de los países en desarrollo para acceder a la tecnología, y utilizarla para aumentar su capacidad industrial, se ha convertido en una de las cuestiones primordiales tanto para los negociadores de acuerdos comerciales, como para las instituciones internacionales de desarrollo4. La importancia que se da a la tecnología como motor del desarrollo económico ha aumentado en las últimas décadas, con la aparición de nuevas tecnologías básicas. El desarrollo de las nuevas tecnologías de la información, de nuevos materiales, y de la ingeniería genética, por ejemplo, están cambiando las formas de producción de sectores económicos enteros, y alterando el carácter de la competencia internacional entre empresas y entre naciones5. En el caso de la biotecnología, sectores de producción y de distribución que anteriormente eran independientes -p.ej. el sector semillas, los productos agroquímicos, los productos farmacéuticos, y la elaboración de alimentos- se han interconectado de forma ingeniosa. Dado que más del 40% de la producción mundial se basa en la explotación de la biodiversidad6, cualquier tecnología que altere nuestra utilización de la biodiversidad para la producción, tan profundamente como la ingeniería genética y la clonación, tendrá unas repercusiones muy graves para los países en desarrollo. No sólo porque se calcula que los países en desarrollo albergan un 90% de la reserva de recursos biológicos del mundo, sino porque además la mayor parte de su población carece de una alimentación adecuada, de seguridad ambiental, y de salud.

El abismo tecnológico entre Norte y Sur es cada vez mayor. La transferencia de tecnología a los países en desarrollo ha descendido desde principios de los años 807, mientras que la participación de los países en desarrollo en los gastos globales de investigación y desarrollo (I+D ha disminuido del 6% en 1980, al 4% a principios de los 908. La liberalización de los mercados de capital no está contribuyendo en absoluto a mejorar esta situación. La pequeña participación (un 20-30%) del Sur en los flujos de inversiones directas en el extranjero (IDE) ha mejorado recientemente, pero esta mejora sólo afecta a un puñado de países (China, con Hong Kong, Corea del Sur, Singapur). Entretanto, acuerdos de comercio como los que administra la OMC o los pactos regionales, así como el controvertido Acuerdo Multilateral de Inversiones, favorecen claramente los intereses expansionistas de las compañías transnacionales. Al contrario de lo que se suele decir, en este contexto la ampliación de los derechos de propiedad intelectual puede dar lugar a un "congelamiento" de las importaciones de tecnología en el Sur.

2.2. DPI y tecnología

Desde hace décadas se viene debatiendo el papel de los derechos de propiedad intelectual en la generación y difusión de tecnología. Los DPI, por ejemplo las patentes, se supone que deben lograr un equilibrio entre la necesidad de incentivar la investigación y la innovación, y la necesidad de proteger un interés público más amplio. Los sistemas de DPI, que otorgan al inventor derechos exclusivos de propiedad sobre su creación, se supone que deben cumplir el papel de catalizadores para la generación de tecnología. En la realidad no puede demostrarse que esto ocurra. Sencillamente, no existe una relación causa-efecto clara. Las patentes no nos dan la medida de nada, excepto de la opinión de una oficina de patentes respecto a los méritos en cuenta a novedad, posibilidad de aplicación industrial, y paso inventivo de una solicitud. El número de patentes concedidas en un país no refleja ni la cantidad, ni la calidad de I+D de ese país. Una patente tampoco constituye un indicador de actividad industrial: una mayoría de las patentes no pasan de ser un título registrado sobre un papel, sin que el invento llegue a utilizarse en una actividad económica concreta. Tampoco es posible contabilizar los beneficios económicos de una patente, ni estadísticamente ni por otros métodos. El total de riqueza generado por las sucesivas innovaciones en un momento dado no puede, por tanto determinarse. Una mayoría de las empresas ni siquiera recogen el valor capitalizado de sus ingresos por patentes en la declaración de sus haberes9.

Por éstas y por otras razones, los economistas todavía no han dado con herramientas que les permitan recoger y comparar el valor económico de las patentes. Las patentes son un título para utilizar ó para producir algo considerado "nuevo" y útil. Como tal, una patente constituye una forma de conocimiento intangible. Una patente adquiere valor en el mercado y se puede comerciar con ella. Pero no nos aporta ninguna información concluyente sobre la economía o la actividad innovadora de un país. Por ello el intento de descifrar la actividad relacionada con la adquisición de patentes a nivel internacional, en un intento de comparar los sistemas de DPI y su utilización en diferentes países, es una tarea más que nada frustrante y engañosa.

Entonces, ¿dónde está el vínculo económico entre DPI y tecnología? El único vínculo existente son los derechos de propiedad sobre una tecnología conferidos por una patente. El valor económico de un derecho de propiedad reside en el consiguiente control sobre quién se beneficia de una tecnología, a quién perjudica, de qué manera, por cuánto tiempo, y por qué cantidad, que se otorga al titular de una patente. Una patente no tiene nada que ver con la salud de una determinada economía, y en cambio tiene todo que ver con la capacidad de control del mercado concedido al titular de una patente. Esta es precisamente la razón por la cual los países industrializados continuarán empleando los DPI para mantener artificialmente su ventaja tecnológica en la economía global.

3. Desentrañando los mitos económicos de TRIPs

Hay muchos factores que se entremezclan en la justificación económica de los sistemas de derechos de propiedad intelectual. De ellos, tres son utilizados con mayor contundencia para hacerse con la aceptación de los países en desarrollo hacia un sistema de DPI más fuerte, y tienen importantes implicaciones para la biodiversidad indígena. Constituyen los tres mitos principales cuando se habla de la economía de los DPI, y son el mito de la transferencia de tecnología, el mito de la innovación y el mito de las inversiones, o mito de IDE.

3.1. El mito de la transferencia de tecnología

La evidencia empírica sobre hasta qué punto influyen los DPI en la transferencia de tecnología no es concluyente, aún poniéndonos en el mejor de los casos. En la bibliografía sobre transferencia de tecnología no hay ningún dato definitivo en el que apoyar la defensa que desde la economía liberal se hace de que los países del Tercer Mundo deben adoptar o reforzar su normativa sobre DPI para promover una transferencia de tecnología Norte-Sur. Lo que sí queda claro es que el mercado internacional de tecnología -si es que tal cosa realmente existe- es imperfecto, y que las condiciones actuales están enormemente escoradas en contra de los países en desarrollo que aspiren a acceder a las nuevas tecnologías. Aunque no deja de ser cuestionable , la capacidad de un país de generar tecnología se suele medir en términos de: (1) gasto en I+D, y (2) por el número de patentes internacionales concedidas a empresas y ciudadanos de diversos países. Las estadísticas de la Oficina de Patentes de EEUU se toman generalmente como referencia para medir la capacidad de generación de tecnología relativa de los diferentes países.

Conocimiento, TRIPs y OMC

Los TRIPs alterarán sustancialmente la economía política internacional sobre conocimiento y tecnología. El acuerdo TRIPs establece una normativa homogénea de derechos de propiedad para la protección en siete áreas de la propiedad la intelectual. Todas las partes de la OMC están obligadas a aplicar esta normativa, que se impondrá a través del Mecanismo de Solución de Conflictos de la OMC. Muchos de los países en desarrollo y países menos desarrollados miembros de la OMC habrán de reconocer por primera vez en su historia, derechos de propiedad intelectual en todas las áreas de la tecnología10. La normativa sobre patentes del acuerdo TRIPs impone nuevas restricciones a la utilización de licencias obligatorias por parte de los gobiernos que quieren acceder a tecnología extranjera11.

El Acuerdo también obliga a los estados a reconocer derechos de monopolio para toda una gama de productos y de tecnologías que habían sido excluidos de los sistemas de PI en muchos países. Entre ellos se cuentan los productos farmacéuticos, los agroquímicos, y los productos y procesos biotecnológicos. En particular, el Artículo 27 de TRIPs impone DPI sobre los micro-organismos, los procesos biológicos y las obtenciones vegetales. Se puede ejercer derechos de monopolio sobre variedades de plantas, como el arroz ‘basmati’, a través de las patentes o de derechos sui generis.

Sin embargo esta cláusula se revisará, y posiblemente se enmiende, en 1999, un año después de su aplicación obligatoria en los países en desarrollo, según el calendario actual. Tradicionalmente la normativa nacional definía y limitaba los DPI, que por tanto se ajustaban a las preferencias de política industrial de los estados soberanos12. El pensamiento económico liberal que impulsó la redacción de TRIPs se ha limitado a ampliar la lógica de las premisas que sustentan los DPI al ámbito de economía política global, con la intención de imponerla sobre los países en desarrollo.

Cuadro 1: Principales países de origen de tecnología, según sus gastos en I+D13

País Gastos en Investigación y Desarrollo, 1993 Patentes EEUU concedidas, 1977-96 Ingresos por tarifas tecnológicas, 1993 Flujos de salida de Inversiones Directas Extranjeras, 1995
 

miles millones $ PPP

% del total

miles millones $ PPP

% del total

miles millones $ PPP

% del total

miles millones $ PPP

% del total

EEUU

Japón

Alemania

Francia

Reino Unido

Italia

Canadá

Holanda

Suecia

Suiza

166.3

74.4

37.1

26.4

21.6

13.2

8.4

5.1

4.8

4.2

39

17

9

6

5

3

2

1

1

1

985.3

307.6

136.2

52.7

52.8

22.1

34.4

16.9

17.3

25.5

57

18

8

3

3

1

2

1

1

1

20.4

3.6

7.3

2.0

2.9

0.9

0.9

6.2

0.4

2.0

40

7

14

4

6

2

2

12

1

4

95.5

21.3

35.3

17.5

37.8

5.1

4.8

12.4

10.4

8.6

30

7

11

6

12

2

2

4

3

3

10 países en cabeza

361.5

84

1650.8

95

46.6

91

248.7

79

Mundo

428.6

100

1732.0

100

51.0

100

315.0

100

El Cuadro 1 ilustra cómo la generación de tecnología sujeta a derechos de propiedad se concentra en 10 países, cuyos gastos anuales en I+D suponen nada menos que un 84% del total mundial, y que controlan un 95% de las patentes concedidas en EEUU a lo largo de las dos últimas décadas14. EEUU controla un 43% de los ingresos por transferencia tecnológica entre los países de la OCDE, seguida de Alemania (15%), Holanda (13%) y Japón (7%)15. El total de ingresos por cesión de tecnología y regalías ingresados por estas naciones aumentó de 7.500 millones de dólares (EEUU) a 30.000 millones de dólares sólo en el periodo 1984-1995. Por su parte, los países en desarrollo aportaron 18.000 millones de dólares en pagos por transferencia tecnológica en el año 1995.

El nivel de concentración de los títulos de propiedad tecnológica es abrumadoramente alto. Los países industrializados son propietarios de más del 97% de las patentes existentes16. Las 50 compañías mayores del mundo son dueñas de más de la cuarta parte de todas las patentes concedidas en EEUU. En EEUU y Alemania, un 12% de los gastos en I+D en 1983 procedían de tan sólo cinco compañías. En Europa, un 81% de los gastos en I+D en Suiza, y un 69% del I+D en Holanda se distribuían entre cuatro empresas. Esto significa que las CTNs constituyen un oligopolio en lo que se refiere a propiedad y explotación de la capacidad tecnológica mundial.

Las recientes alianzas tecnológicas estratégicas entre empresas, y los acuerdos de cesión de licencias de CTNs a universidades y centros de investigación gubernamentales, con su correspondiente cláusula de derecho preferencial a los resultados de la investigación, apuntan a un endurecimiento del control global del conocimiento. Como muy bien dice Nagesh Kumar, ‘Las grandes compañías de los principales países industrializados seguramente tienen un mayor control sobre la tecnología que lo que se desprendería de su cuota de patentes.’17

Claro está, un 92% de las alianzas estratégicas pactadas entre 1980 y 1989 se realizaron en países de la tríada privilegiada del Norte (EEUU-Japón-Unión Europea)18. Hoy en día el grueso de la transferencia de tecnología se realiza a través de fusiones y adquisiciones transfronterizas de empresas. Según la UNCTAD, cerca de un 70% de los pagos globales en concepto de regalías y tarifas tecnológicas corresponden a transacciones entre compañía matriz y filiales en el extranjero19. El nivel de inversión de las CTNs en filiales en el extranjero ascendía en 1996 a 1.400.000 de millones de dólares, de los cuales solamente una cuarta parte venía financiada por movimientos de IDE20. Por lo tanto, la ‘transferencia tecnológica’ hoy en día se ha convertido en un movimiento transfronterizo de tecnología y capital por parte de las grandes empresas, pero los trasvases no salen del circuito interno corporativo.

Dos de las cuestiones determinantes para una buena disposición de las CTNs a transferir tecnología, son el tamaño del mercado y la capacidad tecnológica del país destinatario. Los hechos indican que los países en desarrollo no son destinatarios muy atractivos para la transferencia de tecnología, dado el nivel relativamente bajo de capacidad tecnológica autóctona. La capacidad tecnológica se define como la capacidad tanto de crear nueva tecnología, como de adaptar y modificar la tecnología existente en otros lugares. La mayoría de la I+D de las empresas TNCs se lleva a cabo en los países de origen, debido sobre todo a las ventajas de economías de escala, la capacidad tecnológica presente en los países en desarrollo, y la proximidad a los centros de consumo21. Además, la media de edad de las tecnologías transferidas a filiales de compañías TNCs en los países en desarrollo es a menudo mucho mayor que la de tecnologías transferidas a países desarrollados22. Esto hace que la posibilidad de creación de capacidad tecnológica en el Sur sea más difícil todavía, especialmente dado que la frontera tecnológica avanza muy rápidamente, a medida que las nuevas tecnologías punteras se integran en el juego de la economía global.

Los países en desarrollo se enfrentan actualmente a un terrible dilema. Su dependencia en las compañías TNCs para la transferencia de tecnología y la inversión extranjera es mayor que nunca. Pero se les deja fuera de juego en lo que respecta a estos movimientos, y el sistema de propiedad intelectual obligatorio impuesto por TRIPs puede agravar considerablemente esta posición de exclusión. El tipo de protección de patente promovido por el acuerdo TRIPs no cabe duda que limitará los beneficios indirectos -ó el efecto de goteo tecnológico- para la I+D que se da cuando una tecnología se adapta a los mercados de los países en desarrollo.

3.2. El mito de la innovación

Diversos trabajos bien documentados han apuntado lo irrelevante que es el sistema de patentes para la innovación. Kamien y Schwartz, y Firestone, observaron que la competencia por un sector del mercado era lo que más influía en las inversiones en I+D efectuadas por las empresas23. Un estudio llevado a cabo por la UNCTAD en 1995 que hacía un análisis de cien compañías, concluía que el papel de las patentes en relación con la innovación no sólo dependía del sector de que se tratase, sino que variaba de un país a otro24. No existe una relación uniforme entre DPI e innovación para todos los sectores. Cohen y Levin apuntan que las patentes tienen cierta importancia para la innovación en determinadas industrias, siendo el sector farmacéutico y el químico donde tienen una mayor eficacia, a pesar de que se calcula que sólo un 60% y un 30% (respectivamente) de la innovación se debe a la existencia de DPI25. Incluso en aquellos sectores en los que los DPI sí tienen cierta importancia, sus efectos secundarios son especialmente perniciosos. Un estudio reciente de Michael Kremer confirma la relación enormemente distorsionada que existe entre la industria farmacéutica y el sistema de patentes, que hace que el incentivo que supone la existencia de DPI contribuya a aumentar los precios y a bajar el consumo26.

En los mercados desarrollados y emergentes los gastos en I+D de los gobiernos y la protección de una industria incipiente han contribuido a la innovación. La experiencia de Japón y de Corea del Sur indica que una fuerte intervención estatal cumple un papel muy importante en este sentido. Las cifras de los programas de I+D y cifras de inversiones de los gobiernos de los países desarrollados también indican que las compañías a menudo comercializan productos fruto básicamente de la investigación pública. El argumento económico liberal para la adopción de DPI, de que suponen el principal incentivo para la invención, da por hecho que las compañías privadas son las únicas que generan nuevas tecnologías. Esto sencillamente no es cierto, dado que la intervención estatal juega un papel muy importante en el desarrollo de la capacidad tecnológica.

Cuadro 2: El papel de los gobiernos en la I+D – 199227

 

% de Participación del Gobierno en el gasto total en I+D

% de la participación directa del gobierno en la I+D desarrollada por las compañías comerciales

Francia

Alemania

Reino Unido

Estados Unidos

48.8

37.0

34.2

47.0

19.8

10.7

14.6

28.3

La investigación pública y los beneficios indirectos de la I+D son quizá las fuentes más importantes de innovación en el Norte. Los semiconductores se desarrollaron en base a la investigación militar de EEUU, al igual que muchos de los nuevos materiales, como el Teflon. La tecnología y los procesos base de la biotecnología proceden de los laboratorios de las universidades norteamericanas y británicas, no de las corporaciones. Lógicamente los DPI tendrán una repercusión considerable en la investigación pública, y en los beneficios indirectos de la I+D del sector público hacia el sector privado. Si los argumentos neoliberales sobre la relación entre DPI e innovación están equivocados, entonces la reestructuración de los regímenes jurídicos de DPI y de las inversiones, y por supuesto de las políticas tecnológicas de los gobiernos, pudieran conducir a un declive neto en la generación de tecnología a nivel global.

En la pretensión de vincular la innovación con la existencia de DPI hay dos grandes errores. Es evidente que gran parte de la innovación y del proceso de desarrollo tecnológico tiene lugar sin que existan DPI, ó sin tener seguridad alguna sobre su concesión. Este hecho es particularmente cierto si nos referimos a la innovación en países en desarrollo, que han desarrollado la biodiversidad de la cual depende la alimentación, medicina, cobijo y abrigo del mundo sin ningún régimen jurídico de DPI. Los agricultores nunca han considerado su germoplasma como propiedad privada, sino que lo han intercambiado libremente de forma que el proceso de innovación pudiese continuar, en beneficio propio y de los demás. A partir de finales de los años 70, las CTNs han hecho grandes inversiones en biotecnología, sin tener seguridad de poder ejercer un monopolio sobre sus invenciones. El sistema de patentes ha sido complaciente con la biotecnología sólo en los EEUU y en Japón. La UE todavía no ha aplicado una normativa de patentes biotecnológicas, mientras que los grandes mercados del Sur, como China, Brasil y la India, están comenzando a redactar normas sobre patentes biotecnológicas, que todavía no se aplican. A pesar de ello, el sector privado ha invertido cientos de miles de millones de dólares en I+D biotecnológica.

Otro de los errores de la pretendida relación innovación-DPI es el énfasis ideológico depositado en los DPI como fórmula inmejorable para incentivar la innovación. De hecho existen multitud de incentivos a la innovación, que incluyen todo un batallón de medidas fiscales, como subvenciones y exenciones tributarias, destinadas a atenuar la aversión del sector privado a los riesgos de la I+D28. Esto es lo que se suele llamar, eufemísticamente, ‘corregir los fallos del mercado’. La ausencia de protección de patentes para la innovación biotecnológica en muchos países no permite valorar en su justa medida lo erróneo de esta argumentación. Para proteger lo que consideran su propiedad intelectual, casi todas las empresas prefieren optar por el secreto y por una actitud agresiva por llegar primero al mercado, y no verse obligadas a desvelar información sobre una invención, como exige la normativa de patentes. Esta práctica es cada día más común29. Como observaba un estudio de la situación de los países pertenecientes a la Comunidad Económica de Asia y el Pacífico (APEC), las políticas de propiedad intelectual no son la única política gubernamental, ni necesariamente la más importante, que afecta a la innovación. La relación de patentes y gastos reales en investigación y desarrollo en Estados Unidos y en otros lugares está disminuyendo.30

El acuerdo TRIPs concede universalidad a la tesis viciada de los DPI como incentivo. Sin embargo, muchos vaticinan que la imposición de los DPI en el Sur tendrá unas repercusiones desastrosas para la innovación y las economías a nivel local. La presencia de productos extranjeros en los mercados domésticos socavará la demanda de los producidos localmente, minando con ello la innovación local31. Además, TRIPs exige que los países concedan un tratamiento legal a la importación de productos y servicios protegidos por DPI, como si de hecho la invención se hubiese producido y desarrollado en el país. Esto contribuirá a estrangular la innovación del Sur, dado que priva a las iniciativas locales del acceso a la tecnología, de no ser como producto terminado. Los innovadores locales se verán obligados a recurrir cada vez más a la reconstrucción tecnológica a partir de productos terminados, para evadir las restricciones impuestas por los DPI y compensar la pérdida de acceso a la información científica. TRIPs considera esta práctica ilegal. Si esta situación se combina con la disminución del presupuesto destinado a educación pública impuesto por los ajustes estructurales del FMI, se conseguirá desmantelar el tejido innovador de muchos países en desarrollo. Asimismo, esta política marginará completamente los procesos creativos de tecnología no reconocidos dentro de los sistemas occidentales de DPI, como TRIPs.

3.3. El mito de las inversiones directas extranjeras

Los TRIPs y otros acuerdos de DPI relacionados con el comercio se basan en una concepción errónea de la relación existente entre inversión y DPI. El discurso propagandístico de los economistas liberales mantiene que para atraer inversiones, en particular IDE, es necesario una protección muy amplia de los DPI32. Las IDE constituyen la modalidad de inversiones externas preferida hoy en día, dado que implica la promesa a largo plazo de capitales estables para los países receptores, en contraposición a las inversiones especulativas y carteras de obligaciones. Además la IDE ha aumentado enormemente en los últimos años, espoleada por la liberalización de los mercados financieros y la legislación sobre inversiones. El stock global de IDE se cuadruplicó entre 1982 y 1994. En 1996, ascendía a 3.200.000 miles de millones de dólares, es decir un 9% del PIB mundial. Los flujos exteriores totales superaron por primera vez el récord de 300.000 millones en 199533. El 80% de los flujos externos de IDE, y un 60% de los flujos internos corresponden a los países industrializados. La mayor parte de la IDE con destino al Sur va a parar a China (incluyendo Hong Kong), Corea del Sur, y Singapur. Casi todos los movimientos de IDE se traducen en fusiones y compra de empresas.

Un análisis crítico de la IDE nos enseña una serie de lecciones muy importantes. La primera es que no existe una relación causal entre IDE y crecimiento económico34. Como muchos expertos indican, los estudios de los parámetros que determinan el crecimiento han tendido a ignorar la IDE en sus cálculos. En realidad, la liberalización del comercio y los regímenes de IDE están provocando situaciones de recesión en las economías industriales emergentes, al perturbar los mercados laborales de estas regiones y enfriar el crecimiento.

Además, los hechos indican que las fluctuaciones de variables económicas a corto plazo, como el cambio de moneda, afectan mucho más a los movimientos de IDE que las políticas a largo plazo, como serían la disponibilidad o el grado de amplitud de los DPI (como los recientes acontecimientos en el Sudeste Asiático han demostrado claramente). La UNCTAD ha apuntado en tono optimista que los DPI constituyen un parámetro relativamente sin importancia en la determinación del destino de la IDE35.

Para comprender que no existe correlación alguna entre derechos de propiedad intelectual y la entrada de IDE no hay más que examinar las inversiones en I+D de las CTNs en el extranjero36. Está claro que las CTNs que instalan unidades de producción y de investigación en el extranjero quieren disponer de una protección muy amplia de DPI. Pero ello no es un requisito imprescindible para su instalación. La mayor parte de la I+D que realizan las filiales de CTNs en el extranjero está orientada a la adaptación de tecnologías: se trata de adecuar los productos y procesos a los mercados y a las condiciones de producción locales. De ahí que no se pretenda en ningún caso desarrollar I+D de alto riesgo, o invenciones revolucionarias. Una normativa de DPI débil puede incluso constituir un aliciente para las CTNs. Este tipo de regímenes jurídicos tiende a otorgar una mayor protección a las adaptaciones locales de invenciones extranjeras que a las propias invenciones extranjeras. Así, las CTNs pueden desarrollar una investigación orientada a la adaptación local de sus invenciones y a acotar sectores del mercado con un coste menor. En resumen, la decisión de dónde ubicar un centro de I+D en el extranjero depende más de la infraestructura local de investigación, que de la disponibilidad de DPI muy amplios, especialmente en la industria química y alimentaria.

Otro aspecto a tener en cuenta en relación con el mito de la IDE es por qué la participación de los países en desarrollo en el volumen de entrada de IDE ha aumentado, mientras que su participación en las transferencias globales de tecnología ha descendido. La razón es, en parte, que China, de nuevo, está absorbiendo la mayor parte de la explosión de movimientos de IDE de los últimos años. Este esquema no responde a un fortalecimiento del régimen jurídico de DPI. Ni China, ni muchos de los otros polos de atracción de la IDE en los países en desarrollo del Sur, han desarrollado sistemas de DPI.

4. El coste económico de TRIPs

Cualquier análisis económico del Acuerdo TRIPs debería tener en cuenta no sólo los beneficios que se supone reportará a los países en desarrollo, sino también los costes. Es muy dudoso que vayan a darse beneficio apreciables. Un contexto general de cumplimiento más estricto de DPI estimulará a las CTNs a incrementar las ventas de productos y servicios protegidos por derechos de propiedad. Los artículos sujetos a derechos de autor (copyright) se verán afectados especialmente. En el área de patentes, las restricciones a la concesión de licencias obligatorias, y la obligación de reconocer los derechos de patente sobre bienes y servicios importados alentará la expansión de algunos mercados.

Sin embargo, el Sur no debe hacerse ilusiones de una mejora de recursos básicos para el desarrollo nacional, como pueden ser la inversión, la transferencia de tecnología y una revalorización de la innovación local. No es de esperar que TRIPs, ni cualquier otro acuerdo de DPI relacionado con el comercio, tenga este efecto. Algunos de los costes de la aplicación del acuerdo TRIPs han sido analizados por la UNCTAD y por varios autores. Otros pueden deducirse de los estudios más generales sobre repercusiones de la reforma de DPI en el Sur. Hay dos tipos de costes, el coste manifiesto y el coste encubierto.

4.1. Costes manifiestos de TRIPs

La aplicación del acuerdo TRIPs en los países en desarrollo conlleva una serie de costes manifiestos. Estos costes son evidentes, pero en absoluto desdeñables.

El primero de estos costes proviene del hecho de que, aparte de los cambios legislativos que exige, el acuerdo TRIPs requiere mecanismos judiciales y administrativos que garanticen el cumplimiento de la normativa. El coste de las reformas de los sistemas jurídicos y administrativos requeridas varía de un país a otro. En Chile podría superar el tope de 1,5 millones de dólares, en Egipto los 1,8 millones de dólares, en Bangladesh más de 1,4 millones de dólares, y en Tanzania un mínimo entre 1-1,5 millones de dólares. Estos cálculos han sido elaborados para la UNCTAD, y en algunos casos no incluyen la formación de personal37. Es de temer que los presupuestos necesarios para la reforma administrativa, judicial y legislativa requerida detraerán recursos nacionales destinados a programas socio-económicos básicos, especialmente en los países menos desarrollados38.

Otro de los costes manifiestos fácilmente previsible será el derivado de la pérdida de producción de determinadas empresas, que hasta la aplicación de TRIPs han venido fabricando artículos que entonces se considerarán ilegales, como copias falsificadas de productos para el ocio, ropa, o artículos de lujo. Esto se traducirá en la pérdida de empleo para muchas personas, y un declive en las economías nacionales. En los países que producen artículos falsificados, o que sirven de lugar de tránsito clave para su comercialización, el ajuste puede ser muy duro. Tercero, la producción farmacéutica local de los países en desarrollo decaerá, debido a la subida del coste de las licencias y al aumento de precios. En los países donde la política de defensa de la competencia es débil -y en este apartado se incluyen casi todos los países en desarrollo- esto será enormemente perjudicial. Los pobres no pueden permitirse el lujo de pagar medicamentos caros, y TRIPs no sólo permitirá que las compañías extranjeras disparen los precios, sino que proscribirá las importaciones paralelas y las versiones genéricas de productos medicinales patentados.

4.2. Costes encubiertos de TRIPs

La aplicación de TRIPs supondrá una considerable cantidad de costes encubiertos: algunos directos, otros indirectos; algunos derivados explícitamente del Acuerdo TRIPs, y otros relacionados con los DPI en general. Apuntamos sólo algunos de los más importantes.

El coste del monopolio de mercados

La amplia expansión de monopolios en la economía mundial favorecida por TRIPs traerá consigo un aumento de los precios en determinados mercados, y el bloqueo de alternativas más baratas. El efecto neto en el sector farmacéutico ha sido ampliamente demostrado: la imposibilidad de pagar tratamientos muy caros hace que el consumo descienda, lo cual lleva a las compañías a intentar recuperar las supuestas pérdida de ventas a través de precios excesivos. La sociedad paga el precio de este tipo de monopolio no sólo de forma directa. En los países de la OCDE la expansión de monopolios ha generado todo un cóctel de comportamientos anti-competitivos: Maximización de las ganancias, duplicación de la I+D, abanicos de patentes (‘patent-pooling’) y abusos en la concesión de licencias. Por ello los países desarrollados han intentado siempre ejercer un control a través de políticas de defensa de la competencia, en especial con legislación anti-monopolística. El acuerdo TRIPs se negoció y entrará en vigor sin que se requieran este tipo de medidas. El panorama es francamente inquietante. Sin una política sobre la competencia que limite las prácticas de concesión de licencias para proteger los intereses públicos, y sin una legislación anti-monopolística que impida la formación de monopolios, los países del Sur no tendrán capacidad para hacer frente a las consiguientes ‘distorsiones’ del mercado. Dado que TRIPs, y algunas legislaciones que van más allá de los TRIPs39, abren de par en par las puertas a la concesión de patentes de productos y procesos biológicos relacionados con la alimentación y la salud, estas distorsiones afectarán a los pobres del Sur más que nadie.

Trasvases de ingresos a la inversa

La implantación de unos niveles mínimos obligatorios de protección de DPI muy altos en todos los estados miembros de la OMC sentará las bases para un incremento perverso de los trasvases de ingresos, de Sur a Norte. Una de las razones para ello es que el Norte es con mucho el actor más importante en escena dentro del sistema de DPI. Incluso en los países en desarrollo donde hay normativa de patentes en vigor, llama la atención que la mayor parte de los titulares de patentes son extranjeros. TRIPs afianza esta tendencia, al exigir un trato nacional igualitario a las patentes extranjeras, lo cual implica que cualquier extranjero disfrutará de los mismos derechos de propiedad intelectual que los ciudadanos normales de un determinado país. Los pagos en concepto de regalías aumentarán irremediablemente, afectando a las reservas nacionales de moneda extranjera. Para los fabricantes de EEUU la perspectiva es de 202 millones de dólares en regalías en el sector agroquímico, y 2.500 millones de dólares en regalías del sector farmacéutico, pagos que hasta ahora el sur ha evitado40. Este panorama es especialmente injusto en la industria relacionada con la biodiversidad. Un estudio publicado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo muestra que los verdaderos transgresores de regalías son las CTNs, no los países en desarrollo. Si se cobrase un 2% de regalía sobre la diversidad biológica desarrollada por los innovadores locales en el Sur, el Norte adeudaría más de 300 millones de dólares por regalías no pagadas por la utilización de las semillas de los agricultores, y más de 5.000 millones de dólares en concepto de regalías no pagadas por el uso de plantas medicinales41.

Implicaciones de TRIPs para el Sector de las Semillas

Las semillas constituyen la base de la producción agrícola y de nuestro sustento, junto con la tierra y el agua. La agricultura tiene un considerable peso en el PIB de casi todos los países industrializados y representa una enorme parte del PIB en el Sur. La legislación de DPI -patentes o protección sui generis de las obtenciones vegetales- ha estimulado en las últimas décadas una enorme concentración del sector en el Norte, así como la integración vertical de las compañías de semillas con la industria agroquímica y de elaboración de alimentos.

Actualmente las 10 mayores compañías de semillas controlan un 30% del mercado de semillas mundial, valorado en 30.000 millones de dólares42. Los monopolios a los que están accediendo a través de la protección de patentes son enormes. Los obtentores están patentando especies enteras (algodón), características económicas (calidad del aceite), características reproductivas vegetales (apomixis) y técnicas de biotecnología básicas (herramientas para la transferencia de genes). El Departamento de Agricultura de EEUU recientemente co-patentó un gen que hace que la segunda generación de plantas sea estéril (la tecnología exterminador o "terminator").

Los derechos de esta patente se extenderían a todas las plantas en las que se inserte este gen. Con ello los agricultores no sólo tienen que pagar un precio más alto por las semillas patentadas, sino que se impide que reutilicen la semilla. TRIPs legalizará y ampliará a los países en desarrollo este orden de cosas. El Artículo 27.3(b) del Acuerdo TRIPs obliga a todos los estados miembros a establecer DPI para las obtenciones vegetales.

Los países en desarrollo tienen hasta el año 2000 para llevar a efecto el acuerdo, mientras que a los países menos desarrollados se les concede hasta el año 2005. Esta cláusula será revisada en 1999, ante la realidad de que los países pueden optar por la concesión de patentes para semillas, o por concebir sistemas sui generis de DPI para las obtenciones vegetales. Nadie está muy seguro de lo que es un sistema aceptable sui generis. La revisión de 1999 constituye una oportunidad importante para revocar esta obligación de TRIPs. Si no se enmienda el acuerdo TRIPs, los países en desarrollo se verán obligados a pagar una tasa por su propia diversidad biológica, y asistarán a la invasión de sus mercados de semillas por las CTNs, y por unas patentes abusivas. Todo ello a expensas de un enorme potencial de mejora vegetal aún por descubrir, o que no ha sido reconocido, en su propio comunidad científica y en la población rural.

TRIPs también genera graves contradicciones con las negociaciones sobre biodiversidad vegetal, en el seno del CDB y de la Organización para la Alimentación y la Agricultura (FAO), donde los Derechos de las Comunidades y los Derechos de los Agricultores, sobre el material biológico que han desarrollado y sustentado durante miles de años, se consideran derechos a priori.

Erosión del tejido innovador de los países del Sur

No es frecuente que se reconozca hasta que punto los llamados incentivos a la innovación de los DPI actúan más bien en sentido contrario, desincentivando. La concesión de patentes muy amplias puede tener un efecto perverso, paralizando la I+D. Este hecho ha sido comprobado en varios sectores (p. ej. la industria de semillas de oleaginosas), y de hecho el efecto de "bloqueo de tecnología" se ha convertido en el valor estratégico más importante de las patentes hoy en día43. Esto significa que no sólo se paralizan las adaptaciones de tecnologías patentadas, sino que no se desarrollan formas de producción completamente alternativas, que pueden resultar menos dañinas para el medio ambiente y menos costosas para el consumidor. Que nosotros sepamos, el coste de este desincentivo no ha sido calculado.

La expansión de los DPI a la biodiversidad en los países industrializados ha traído consigo una reducción del flujo tanto de recursos genéticos como de información, especialmente en el sector vegetal44. Los países en desarrollo difícilmente pueden permitirse este lujo. Teniendo en cuenta, además, la desconexión existente entre DPI e inversiones, el Sur asistirá a un creciente deterioro de su acceso a la información científica. Esto perjudicará su capacidad de generar tecnologías autóctonas, dejando pocas opciones a los científicos nacionales, de no ser trabajar para las CTNs.

 

Conclusiones y recomendaciones

Esta revisión de las implicaciones económicas del Acuerdo TRIPs para los países en desarrollo resalta tres mensajes principales:

TRIPs impone un concepto erróneo de la innovación. La innovación es un proceso crucial para cualquier país, desarrollado ó en desarrollo. La capacidad creativa de la población debe prosperar de forma que las sociedades tengan capacidad de respuesta a las presiones, que puedan concebir nuevas opciones y alternativas para un desarrollo perdurable, y generar un muy necesitado ambiente de armonía y bienestar. TRIPs se adhiere a un único concepto de la innovación. No reconoce, y menos aún promueve, el tipo de proceso y de capacidad innovadora que constituye una de las riquezas de los países en desarrollo, y sin la cual no pueden sobrevivir. Nos referimos especialmente a los sistemas locales de manejo de la biodiversidad, de los cuales depende muy íntimamente la economía mundial y el sustento local. Estos sistemas, los recursos que generan y el conocimiento sobre el que se basan, se agotarán a medida que los países del Sur adopten regímenes jurídicos de DPI, ante la amenaza de represalias comerciales por parte de los países ricos en tecnología. Los requisitos de novedad, utilidad industrial y paso inventivo de TRIPs ni siquiera admiten la existencia de otros sistemas innovadores diferentes a los del mundo occidental. Esto equivale a un retroceso intelectual, y a largo plazo dañará económicamente a los países en desarrollo.

TRIPs alienta una mayor dependencia en un incentivo único - y además se trata de un incentivo muy ineficiente. Hay muchos tipos de incentivo que los gobiernos pueden ofertar a los investigadores. Desde las subvenciones al sector público por I+D hasta exenciones tributarias. Los DPI son meramente una opción más. Además, es una opción muy cara, dado que los monopolios tienen una cierta propensión al abuso, especialmente si no existen medidas correctoras, como pueden ser la legislación anti-monopolística y un control de las condiciones de concesión de licencias. Los costes económicos y democráticos de los DPI como incentivo a la innovación -desde precios más altos para los bienes de consumo, hasta un deterioro del acceso a la información- son muy altos, y los países en desarrollo son los que menos pueden permitirse el lujo de apoyarse en esta herramienta jurídica como principal pilar de la innovación. TRIPs conduce a un bloqueo de la competencia y a potenciar el consumo pasivo de tecnología extranjera en el Sur, en beneficio de las CTNs. Si se aplica al ámbito de la biodiversidad, de la cual el Sur alberga una ingente riqueza, los sistemas de monopolio basados en DPI beneficiarán a unos pocos a expensas de una mayoría.

TRIPs se fundamenta en un análisis coste/beneficio erróneo. El Acuerdo TRIPs beneficiará a los países desarrollados mucho más que a los países en desarrollo. Es un escándalo que unos pocos países controlen el grueso de los fondos disponibles para inversión y la tecnología a nivel mundial. El trasvase de ambos a las economías del Sur que están luchando por salir a flote no dependerá de TRIPs sino de otros cálculos de rendimiento para el Norte. Dadas las actuales relaciones de poder y el sesgo a favor de los países industrializados arraigado en el sistema de DPI, es simplemente incorrecto dar por hecho que el Sur se beneficiará de un sistema jurídico de propiedad intelectual fuerte en el marco de TRIPs.

Teniendo en cuenta los irrefutables datos económicos y los aspectos sociales de TRIPs , los gobiernos, científicos, organizaciones sociales y otros deberían ser alentados a desarrollar sistemas más prometedores para promover la investigación y el desarrollo en el Sur. Como mínimo:

  1. En la Revisión del Artículo de TRIPs 27.3 se debería suprimir la obligación de establecer normativas para proteger la propiedad intelectual de obtenciones vegetales y de cualquier otra forma de vida, bien sea a través de patentes o a través de sistemas sui generis. Esta Revisión no debería posponerse, ni debería dar lugar a obligaciones sobre DPI más amplias, como desearía el Norte.
  1. La Revisión del Acuerdo TRIPs en su totalidad, prevista en el año 2000, debería plantear una evaluación en profundidad de los costes y beneficios del Acuerdo para los países en desarrollo y los menos desarrollados, y si las conclusiones son negativas el tratado debería revocarse. Debería concederse una atención especial a la aplicación del acuerdo TRIPs en relación con la diversidad biológica, y sus repercusiones sobre la base de recursos económicos, sobre el conocimiento indígena, sobre la ética, y sobre los términos de acceso a la información científica, así como el control de los alimentos y los medicamentos básicos para la sociedad.
  1. Otros instrumentos legales relacionados con la biodiversidad, como el CDB y el Compromiso Internacional sobre Recursos Genéticos de la FAO, deben prevalecer de forma que puedan impedir el fortalecimiento de los regímenes jurídicos de DPI. La pretensión de presentar los DPI como una herramienta para compartir beneficios con el Sur, o como una opción para los pueblos indígenas se fundamenta en premisas erróneas y en una evaluación estrecha de sus implicaciones.

4. A nivel nacional, los gobiernos deberían estudiar otras posibilidades para incentivar la inversión, la I+D y la mejora de la capacidad tecnológica. Los derechos de monopolio constituyen la fórmula más cara y más difícil de controlar para conseguir estos objetivos. De forma casi inevitable, beneficiarán a los poderosos y a los ricos a expensa de los pobres y de la sociedad en general.

 

Cuadro 3: Argumentos Económicos a favor y en contra de DPI Amplios en los Países en Desarrollo

A FAVOR EN CONTRA
El crecimiento y la mejora del nivel de vida se consiguen mediante tecnologías, estimuladas por los DPI.

El ‘factor decisivo’ para el desarrollo de normativa sobre DPI no han sido las compensaciones económicas que los países en desarrollo esperaban conseguir, sino el ‘chantaje político’ puro y duro ejercido por los países industriales, en particular por EEUU45. A finales de los años 70 y principios de los 80, el gobierno de EEUU había reconocido que estaba abriéndose una brecha tecnológica entre su economía y la de Japón. En consecuencia, toda su política se encaminó a congelar agresivamente esta ventaja artificial de la industria Americana, mediante una política de DPI expansiva en el extranjero, acompañada de medidas débiles anti-monopolísticas y una política de defensa de la competencia muy enérgica46

Estimulan la inversión.

Las compañías biotecnológicas vienen gastando del orden de 7.500 millones de dólares anuales en I+D, y sólo en 1995 se invirtieron más de 12.000 millones de dólares en este sector47, a pesar de que la protección de patentes en muchos de los mercados mundiales más grandes -incuyendo la UE- es muy débil o incierta. La directiva de patentes biotecnológicas europea ni siquiera ha entrado en vigor, y actualmente ha sido recusada ante el Tribunal de Justicia Europeo. El aliciente de posibles ganancias, sin aderezarlo con DPI, parece que es muy eficaz por sí solo, incluso en un sector de la I+D de alta tecnología y alto riesgo. Un buen ejemplo que ilustra las observaciones de los economistas de que no existe una correlación entre inversiones y DPI, al igual que no se ha podido confirmar una correlación entre inversiones en I+D y crecimiento económico48.

Atraen inversión directa extranjera (IDE).

Casi toda la IDE se concentra en manos de un número reducido de compañías y se mueve de un país a otro sin salir de los cauces internos de las propias compañías49. Diez países en desarrollo absorben un 80% de todos los movimientos de IDE con destino al Sur. Esto ha de sopesarse con la sangría que suponen los pagos de licencias y regalías por parte de los países en desarrollo a los titulares extranjeros de DPI, que les roba unas reservas que les son preciosas.

Estimulan la transferencia de tecnología de Norte a Sur.

Se ha calculado que un 70% de los pagos globales de regalías y tarifas por tecnología (que son la prueba directa de transferencia de tecnología) corresponden a transacciones entre la casa matríz de una CTN y sus filiales extranjeras50. El acuerdo TRIPs exige que la importación de productos o procesos patentados al Sur equivalga a la explotación efectiva de la invención objeto de una patente en el país comprador, con lo que se crea la ilusión de una una transferencia de tecnología.

Estimulan la investigación y la innovación…

La relación entre monopolios e innovación es muy incierta. La función de los DPI es crear unos límites territoriales en torno a las tecnologías y las invenciones para asegurar a las firmas mayores ingresos (maximizar ganancias). No hay una relación intrínseca entre patentes e I+D.

... permitiendo a los inversores recuperar los costes de I+D.

Los datos disponibles indican que en los países desarrollados, la industria recupera del 15-20% de los costes de I+D a través de las patentes, mientras que en países como la India, esta cantidad se reduce a un 0,5-2% para los inventores nacionales51. A menudo se argumenta que esto ocurre porque las invenciones en la India suelen tener un carácter adaptativo, lo que implica que el mecanismo para rentabilizar los gastos en I+D no sería el de unos derechos de patente amplios. En el sector público en EEUU, la investigación financiada por el gobierno en los centros universitarios superó los 82.000 millones de dólares en 1995, generando 20.000 solicitudes de patentes y 1.500 millones de dólares en concepto de regalías -un parco 2% de rentabilidad sobre la inversión52. Este argumento se suele emplear para afirmar que los gobiernos no debieran invertir en investigación académica, dada la rentabilidad tan baja incluso cuando las universidades adoptan una política de DPI agresiva.

Es un sistema democrático no discriminatorio, abierto a la participación publica.

Lo opuesto es la verdad: es un sistema caro y elitista. Una patente ha de ser defendida por su propietario, no por el gobierno. El típico proceso legal sobre una reinvindicación de una invención cuesta, en la actualidad, entre 25.000 y 200.00 dólares en EEUU. Los litigios sobre violaciones de patentes cuestan alrededor de 1 millón de dólares en EEUU, y unos 600.000 dólares en Europa.

El beneficio público de desvelar una invención compensa los costes de la existencia de monopolios artificiales en el mercado.

Este argumento es insostenible. La existencia de DPI no garantiza información pública. El secreto comercial es el método preferido por 43 industrias de diferentes sectores económicos americanos para proteger la innovación, sobre todo si se trata de tecnologías de la información y biotecnología53. En la industria biotecnológica, la descripción técnica escrita ha sido sustituida por un depósito de muestras, y estas muestras no son accesibles al público. Las empresas despliegan enormes esfuerzos para evitar revelar sus carteras de patentes54. En los EEUU, las solicitudes de patente rechazadas, es decir el grueso de los archivos- se mantienen en secreto. Incluso si una solicitud rechazada tiene interés técnico, los investigadores sólo pueden acceder a una parte mínima de la información tecnológica que la oficina de patentes considera que merece atención55. Además, un sistema de DPI muy amplio puede dar lugar a una duplicación enormemente costosa de las inversiones en I+D, o a una carrera por la obtención de patentes, que conlleva unos costes de protección y ejecución muy elevados56.

Genera tecnología, contribuyendo al bienestar económico nacional

Un estudio reciente en EEUU descarta esta afirmación. Más del 80% de las compañías encuestadas indicaban que el motivo primordial de una patente era el de ‘bloquear sectores técnicos’, sin intención de reproducir el invento. Se habla de las patentes en términos de ‘triunfos’ para negociar licencias. En otras palabras, el sistema de patentes regula la competencia. No estimula necesariamente la generación de tecnología, y mucho menos su difusión.

DPI es una condición esencial para la existencia de un mercado libre.

Los DPI constituyen una distorsión del mercado: se trata de un monopolio y una subvención avalados por el gobierno. En mercados abiertos, los DPI constituyen un mecanismo que regula la competencia entre las empresas, pero no contribuye a levantar las barreras comerciales; se trata, por definición, de una barrera al mercado. A largo plazo, un sistema muy amplio de DPI puede dar lugar a discriminación en los precios, dependiendo de la elasticidad de la demanda57. Los abanicos de patentes, ventas amarradas, licencias cruzadas, denegación de licencias, restricciones territoriales y muchas otras conductas que distorsionan el mercado son práctica común en países con sistemas de DPI amplios58. Si son introducidos sin las protecciones apropiadas en cuanto a la competencia y garantias anti-monopolísitcas, los DPI facilitan un excesivo control del mercado por parte de las corporaciones.

 

Acrónimos:

DPI - Derechos de Propiedad Intelectual
TRIPs - Aspectos Relacionados con el Comercio de los Derechos de Propiedad Intelectual (del inglés: Trade Related Aspects of Intellectual Property Rights)
OMC - Organización Mundial del Comercio
CTNs - Compañías Transnacionales
I+D - Investigación y Desarrollo
CDB - Convenio de Diversidad Biológica
GATT - Acuerdo General sobre Tarifas y Aranceles (del inglés: General Agreement on Tariffs and Trade)
IDE - Inversiones Directas Extranjeras
APEC - Comunidad Económica de Asia y el Pacífico

 

Notas bibliográficas:

1. Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, The TRIPs Agreement and Developing Countries, UNCTAD, Ginebra, 1997, p. 4.

2. Informe del USTR 1988, según [email protected], 'PATNEWS: Global intellectual property losses for US companies', Internet Patent News Service, 23 Octubre 1994.

3. Vickery G, ‘Technology Transfer Revisited', Prometheus, Vol. 4 No. 1, 1985 ; Dunning J, Multinationals, Technology and Competitiveness, Unwin, London, 1988 ; Freeman C, ‘The Challenge of New Technologies', Interdependence and Co-operation in Tomorrow’s World, OCDE, Paris, 1987.

4. Patel S, 'The Technological Dependence of Developing Countries', Journal of Modern African Studies, Vol. 12 1974; UNCTAD, Trends in International Transfer of Technology to Developing Countries, UNCTAD, Ginebra, 1986.

5. Strange S y Stopford J, Rival States: Rival Firms, Cambridge University Press, 1991.

6. Ng S, Pearson A.W. y Ball D.F., ‘Strategies of Biotechnology Companies’, Technology Analysis and Strategic Management, Vol. 4 No. 4, p. 351.

7. Marton K y Singh R, 'Technology Crisis for Third World Countries,' World Economy, Vol. 14 No. 2, 1991, p. 199.

8. Datos de UNESCO citados en Nagesh Kumar, 'Technology generation and technology transfers in the world economy: recent trends and implications for developing countries', INTECH Discussion Paper Series #9702, Septiembre 1997, p.11. 9. Jonathan Putnam, 'The value of international patent rights', trabajo sin publicar, 3 Febrero 1997.

10. Mientras que los países desarrollados mienbros están obligados a enmendar su normativa jurídica sobre propiedad intelectual un año antes de la entrada en vigor del Acuerdo (1 de Enero 1995), los países en desarrollo tienen de plazo hasta el año 2000, y los países menos desarrollados miembros hasta el año 2005.

11. Las licencias obligatorias han sido una fórmula mediante la cual los países accedían a la utilización o la reproducción de tecnologías protegidas por derechos de propiedad en su territorio. Una licencia obligatoria obliga a una compañía a conceder una licencia, o a producir a nivel local, a menudo a cambio de acceso a mercados del país.

12. Penrose E., The Economics of the International Patent System, Westport, Greenwood Press, 1973

13. Cuadro adaptado de Nagesh Kumar, (1997), op. cit., p. 6.

14. Idem, p. 7

15. Idem, p. 9

16. Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, IP/STAT/1994/b, OMPI, Ginebra, Noviembre 1996.

17. Nagesh Kumar, (1997), op. cit. P. 6

18. Idem, p. 21

19. UNCTAD, World Investment Report, 1997: Transnational Corporations, Market Structure and Competition Policy - Overview, UNCTAD, Ginebra, 1997, p. 2

20. Idem - este dato no incluye las inversiones controladas por medidas en las cuales no intervienen transferencias de dividendos, como las alianzas empresariales.

21. Ronstadt R, 'International R&D: the establishment of R&D abroad by seven US multinationals’, Journal of International Business Studies, Vol. 8, 1978.

22. Mansfield E y Romeo A, ‘Technology transfer to overseas subsidiaries by US-based firms’, Quarterly Journal of Economics, Vol. 95, pp. 737-750, 1980.

23. Ver Kamien M y Schwartz N, Market Structure and Innovation, Cambridge University Press, 1982, and Firestone O, Economic Implications of Patents, 1971, University of Ottawa Press, Ottawa.

24. UNCTAD, Trends in the International Transfer of Technology, 1986, op. cit.

25. Cohen W. M. y Levin R, ‘Empirical Studies of Innovative Activity’, en Stoneman P, (ed.), Handbook of the Economics of Innovation and Technical Change, Handbook of Industrial Organisation, Vol. II, Amsterdam.

26. Ver 'A patent cure-all?', The Economist, London, 15 June 1996 for a discussion of Michael Kremer, 'A Mechanism for Encouraging Innovation', HIID Discussion Paper No. 533, May 1996.

27. Kumar N y Siddharthan N, Technology, Technology, Market Structure and Internationalization: issues and policies for developing countries, Routledge and UNU/INTECH, 1997, p. 25.

28. Organización para la Cooperación Económica y el Desarrollo, Sistemas de Innovación Nacional, OCDE, Paris, 1997, y ibid, Fiscal Measures to Promote R&D and Innovation, OCDE/GD(96)165, OECD, Paris, 1996.

29. OCDE, (1997), Patents and Innovation, op. cit., p. 23.

30. Ronald Hirshorn, 'Foreign Direct Investment and Market Framework Policies: Reducing Friction in APEC Policies on Competition and Intellectual Property', Strategis, No. 4, October 1996, Canada, http://strategis.ic.gc.ca

31. Bengston D, 'Exogenous factors affecting research institutions in developing countries,' International Journal of Technology Management, Vol. 4, 1989, pp. 317-333.

32. Ver, por ejemplo, Belay Seyoum, 'The impact of intellectual property rights on foreign direct investment', Columbia Journal of World Business, Vol. 31 No. 1, Columbia University Graduate School of Business, New York, Primavera 1996.

33. Japan External Trade Relations Organisation, JETRO White Paper on Foreign Direct Investment 1998, JETRO, Tokyo, 1998, 34. Richard Kozul-Wright y Robert Rowthorn, 'Spoilt for Choice? Multinational Corporations and the Geography of International Production', Oxford Review of Economic Policy, Vol. 14 No. 2, Summer 1998.

35. UNCTAD, (1997), The TRIPs Agreement, op. cit., p. 17.

36. Ver Nagesh Kumar, 'Intellectual Property Protection, Market Orientation and Location of Overseas R&D Activities by Multinational Enterprises', World Development, Vol. 24 No. 4, 1996, pp. 673-687.

37. Para un desglose más detallado ver UNCTAD, (1997), The TRIPs Agreement, op. cit., pp. 23-26. Es preciso apuntar que conseguir que las oficinas de patentes tengan personal con preparación científica en biología, para atender a las demandas de la industria biotecnológica, requiere un proceso largo y difícil para muchos países, incluso para Estados Unidos. La Oficina de Patentes y Marcas de EEUU acumuló un retraso en la tramitación de solicitudes de patentes monstruoso durante tres años, mientras reciclaba personal con cursos de formación en ciencias biológicas.

38. UNCTAD, (1997), The TRIPs Agreement, op. cit., p. 2.

39. Cf., en particular, los acuerdos regionales sobre IPR suscritos en el marco del TLC, ALCA el Compromiso Centro-Americano, y la APEC.

40. Rural Advancement Foundation International, Conserving Indigenous Knowledge: Integrating Two Systems of Innovation, Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, Nueva York, 1994, p. 17.

41. Idem, p. 17

42. Rural Advancement Foundation International, 'Seed Industry Consolidation: Who Owns Whom?', RAFI Communiqué, July/August 1998, 43. OCDE, (1997), Patents and Innovation, op. cit., p. 29.

44. Ver Gaia and GRAIN, 'Ten Reasons Not to Join UPOV', Global Trade and Biodiversity in Conflict, No. 2, Mayo 1998.

45. Susan K. Sell, 'Intellectual property protection and antitrust in the developing world: crisis, coercion and choice' in International Organization, Primavera 1995, WPF, Massachusetts Institute of Technology.

46. Agencia de Información de EEUU, 'Intellectual Property in the Global Marketplace,' Economic Perspectives, Vol. 3 No. 3, USIA, Washington DC, May 1998.

47. Datos de Pat Roy Mooney, ‘The Parts of Life: Agricultural biodiversity, indigenous knowledge and the role of the third system’, Development Dialogue, Dag Hammarskjold Foundation, Uppsala, Special Issue 1996:1-2.

48. Willian Lesser, 'Economic arguments for and against patents and plant breeders' rights' en Equitable patent protection in the developing world: issues and approaches', Eubios Ethics Institute, 1991

49. UNCTAD, World Investment Report (1997), op. cit.

50. Idem

51. Manjula M. Luthris, World Bank ‘IPRs and developing countries’, en Technet Think-Tank on IPRs and Developing Countries, sponsores by Worldbank and WTO, 2 Mayo 1998, Ver 52. Gregory Aharonian [email protected], 'US academic licensing' en Internet Patent News Service, 23 Marzo 1998.

53. Organisation for Economic Co-operation and Development, Regulatory reform and innovation, OECD, Paris, circa 1996.

54. OCDE, (1997), Patents and Innovation, op. cit.

55. Jonathan Putnam, (1997) op.cit.

56. UNCTAD, (1997), The TRIPs Agreement, op. cit.

57. Idem

58. Organización para la Cooperación Económica y el Desarrollo, Competition policy and intellectual property rights, OCDE, Paris, 1989.

Author: GAIA/GRAIN
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