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La legislaciĆ³n de semillas en Europa deja fuera a los agricultores

by Guy Kastler | 15 Oct 2005

Por Guy Kästler (*)

En Europa, el sistema de abastecimiento de semillas comerciales está muy organizado y controlado. La legislación europea en materia de comercialización de semillas ha evolucionado a lo largo de los años de manera de asegurar que en el mercado se vendan únicamente semillas uniformes, condenando a las semillas y variedades tradicionales de los agricultores al mercado negro e incluso a la ilegalidad total. Junto con normas de propiedad intelectual férreas y la producción de híbridos, las leyes europeas en materia de semillas dejan a los agricultores fuera del sistema de semillas. Este artículo es un extracto de un trabajo más extenso de Guy Kastler. Kastler es un agricultor francés que participa en las organizaciones Réseau Semences Paysannes, Confédération Paysanne y Nature et Progrès. El artículo se centra en Francia, que ha adoptado el criterio más estricto en materia de aplicación de leyes de semillas de Europa, y tal vez del mundo.

Desde los inicios de la agricultura, la selección y reproducción de semillas, así como la conservación y renovación de la biodiversidad agrícola nunca ha cesado en los campos de los agricultores. Por supuesto, el trabajo de los agricultores con las semillas ha estado influenciado por diversas cosas, tales como la cultura local, los sistemas de medicina tradicional, la religión y el nacimiento de la ciencia moderna, pero ninguna de ellas separaron el desarrollo de las variedades de la producción agrícola. El mejoramiento y la producción de semillas como profesión, comenzaron en Europa y luego en los Estados Unidos hacia fines del siglo XIX, primero dentro de fincas especializadas, y luego entre compañías especializadas. Eso fue el comienzo de la separación entre la producción de semillas y la agricultura.

El crecimiento de los mercados, primero a escala nacional y luego a escala internacional, es lo que produjo esta separación. Un mercado local sustenta e incluso produce diversidad local. Sin embargo, la expansión y concentración de la cadena agroindustrial (proveedores de semillas e insumos agrícolas, proce sadores y distribuidores) dentro de grandes mercados ha favorecido las economías de escala de algunos de los cultivos más importantes, que llevan a la producción de productos uniformes al menor precio posible.

Lograr que todos los agricultores planten las mismas semillas y variedades es una forma excelente de obtener el mismo producto estandarizado. Y para los agricultores, producir más con el mismo volumen de trabajo es la mejor manera de reducir los precios. Pero esto es difícil en la medida que su cosecha depende de una variedad de condiciones agroecológicas y climáticas diferentes. Por lo tanto, la homogeneización de las tierras resulta importante para producir semillas y alimentos homogéneos. A través del uso de plaguicidas y fertilizantes, y a menudo irrigación ilimitada, la agricultura se ha distanciado cada vez más de su entorno. Lentamente los agricultores se han vuelto dependientes del modelo agrícola industrial alentado por los productores de semillas.

Los costos de producción continúan cayendo, mientras que los costos reales se expresan en la contaminación de nuestros suelos, agua y aire, el calentamiento global, el desempleo y la pérdida de la agricultura en pequeña escala. Esos costos crecientes, que los pagarán las generaciones futuras, nos obligan a abandonar este modelo agrícola y las leyes que los sustentan (ver el recuadro Leyes de semillas en Francia).

Francia tiene quizás la legislación más estricta y coercitiva del mundo. Desde 1949, los agricultores solamente pueden comprar semillas que estén registradas oficialmente en el catálogo nacional. En Francia está radicada la mayor industria semillerista de Europa, que a su vez tiene un grupo de presión empresarial poderoso y activo.

El intercambio de semillas entre agricultores locales se basa en la honestidad y las normas básicas de un buen vecino. Todos conocen al agricultor o agricultora que provee la semilla así como la calidad de ésta. Es más arriesgado engañar al vecino que al agricultor que vive al otro lado del país y al que nunca se volverá a ver. A medida que aumenta el área de intercambio de semillas, aumenta el riesgo. La calidad de la semilla no es visible a primera vista y el mercado pronto es invadido por estafadores que venden cualquier tipo de semillas viejas. Los productores industriales de semillas que desean controlar los mercados han utilizado la excusa de que el consumidor anónimo necesita protección y que es necesario poner a raya a quienes cometen fraude. Es en nombre de esos objetivos que el Estado, junto con las empresas semilleristas, promulgan leyes de semillas para asegurar que las empresas puedan obtener, y mantener, un monopolio absoluto sobre la producción de semillas.

Leyes de semillas en Francia

1884 Los productores de semillas de Francia crearon la primera Estación Nacional de Investigaciones de Semillas (Station National d`Essais de Semences), con el objetivo de analizar la calidad de las semillas comerciales (ya diferenciadas de las semillas de los agricultores).

1905 Se promulgó la primera ley sobre control de calidad de la semilla.

1922 Un comité sobre el control de semillas estableció una lista de variedades de trigo y definió normas de calidad para semilla de trigo en términos de pureza de la variedad y el índice de germinación.

1932 Se creó un catálogo oficial de semillas francés para especies y variedades aprobadas, en primer lugar para trigo y luego rápidamente avena, papas, cebada, remolacha para forraje y maíz. Con la excepción de plantas ornamentales, que todavía no están enumeradas, las últimas plantas que se agregaron en el catálogo fueron vegetales hortícolas a comienzos de la década de 1960.

1942 El Comité Técnico Permanente de Semillas (Comité Technique Permanent des Semences), integrado por representantes de la industria semillerista y científicos del gobierno, comenzó a manejar el catálogo de semillas. Determinan el criterio para definir las variedades enumeradas en el catálogo.

1949 Un decreto ilegalizó cualquier tipo de comercialización ya fuera gratuita o por medio de un pago de semillas no incluidas en el catálogo nacional. Únicamente los productores de semillas certificadas están autorizados a vender semillas.

Años de pos-guerra

En Francia, las variedades de los agricultores comenzaron pronto a desaparecer después de la 2ª Guerra Mundial. Las cooperativas, que compran todos los cultivos cosechados, también comenzaron a ganar más dinero vendiendo semillas, fertilizantes y plaguicidas a los agricultores todos los años, y comenzaron a vender semillas de híbridos.

1966 La Comunidad Europea creó el Catálogo Común de variedades de especies de plantas agrícolas.

1998 Francia creó un anexo a su catálogo nacional para las variedades vegetales amateurs (de uso no comercial).La Unión Europea adoptó una directiva que abrió la posibilidad de una lista aparte de variedades de conservación.

2005 La Comisión Europea propuso una directiva sobre las variedades de conservación.

 

Variedades clausuradas

Desde comienzo del siglo XX, los productores industriales de semillas de los Estados Unidos han estudiado las formas de fortalecer su monopolio sobre la producción de semillas impidiendo que los agricultores vuelvan a sembrar las semillas cosechadas. Su primera ofensiva fue con las plantas de polinización cruzada, que no pueden reproducirse sostenidamente sin recibir polen de otra planta de la misma especie que tenga una configuración genética levemente diferente. Tan pronto como la planta de polinización cruzada se autofertiliza para fijar sus características, sus descendientes expresan un efecto depresivo por el cruzamiento cerrado (de consanguinidad) que hace que el cultivo sea invendible. Con la técnica de la hibridación, un obtentor logrará una semilla con características fijas y buen valor comercial. La hibridación implica el cruzamiento de dos plantas por endogamia que tengan fijadas características de especial interés, aunque dichas características estén debilitadas por la depresión del cruzamiento cerrado. Un agricultor que plante semillas híbridas obtendrá un campo de plantas idénticas, y todas las semillas producidas en este campo sufrirán el mismo cruzamiento cerrado depresivo que las plantas puras cruzadas. Para estas variedades cerradas, el agricultor cae en una dependencia indefinida de los productores de semillas y las compañías agroindustriales. Actualmente, la mayoría de las especies de polinización cruzada comercializadas (remolacha, girasol, la mayoría de los cultivos hortícolas) son clones híbridos.

 Las variedades de los agricultores

Es imposible cumplir con los criterios de Distinción, Uniformidad y Estabilidad (DUS), más Valor de Cultivo y Uso (VCU), requeridos para el registro en el catálogo nacional de semillas, sin utilizar técnicas de mejoramiento que se han vuelto cada vez más sofisticadas y no están al alcance de los agricultores (Ver recuadro El sistema de catálogo de semillas de la Unión Europea).

Desde los primeros híbridos a la biotecnología moderna, el fitomejorador u obtentor ha dado paso al laboratorio. Así, el obtentor impone a los agricultores cultivos estandarizados que han sido perfeccionados en el laboratorio y en centros de investigación. Un obtentor no puede alcanzar los criterios DUS y VCU sin utilizar fertilizantes, plaguicidas, mecanización y riego que aseguren condiciones de estabilidad y el aumento incesante de la cosecha. De esa manera, las variedades comerciales actuales son seleccionadas por y para estas técnicas, pensadas para la agricultura industrial, sin la cual los agricultores no pueden cultivar estas semillas.

Sin embargo, hay numerosos agricultores que desean, por diversas razones, plantar cultivos que no están en la lista del catálogo oficial de semillas. Es posible que no tengan el dinero para pagar todos los costos del sistema de producción industrial al cual se circunscriben las semillas. Tal vez estén en contra de comprar esas semillas o no deseen abandonar una forma tradicional de hacer las cosas. Es posible que busquen mayor autonomía o crear sistemas agrícolas alternativos (orgánico, campesino, de bajos insumos, regional, etc.). O quizá simplemente no encuentren lo que buscan en el sistema oficial de suministro de semillas. En todos esos casos, los agricultores pueden inclinarse a cultivar semillas tradicionales, locales o campesinas. La demanda de los consumidores de una mayor calidad de los alimentos, junto con la demanda de la sociedad de sistemas agrícolas en armonía con el ambiente y desvinculados de los subsidios agrícolas, empujan a los agricultores cada vez más en esta dirección. Para esto, los agricultores necesitan utilizar técnicas campesinas tradicionales de conservación y selección de las semillas. Esos métodos adaptan los cultivos a la diversidad de terroirs(1) y climas y a la forma en que se utiliza el cultivo después de la cosecha. Esos cultivos no son necesariamente estables fuera de sus terroirs, ni son uniformes debido a la diversidad natural dentro del cultivo y están en constante evolución. No cumplirán los criterios de VCU ya que no están adaptados a un procesamiento industrial o una distribución generalizada. Por esta razón, esas semillas no corresponden, en términos legales, al concepto de variedades se las define como "no variedades".

Por lo tanto, las plantas seleccionadas para utilizar en sistemas agrícolas diversificados, orgánicos o de bajos insumos, así como para los sistemas de comercialización locales, caen fuera de la definición comercial de "variedades". Incluso cuando los materiales de los agricultores puedan cumplir los estrictos criterios de comercialización, es imposible pagar los costos de registro (que pueden llegar hasta los 5.000 euros para una variedad vegetal y 15.000 euros para un cereal) ya que esas variedades suelen producirse únicamente en pequeñas cantidades para la agricultura local. Por último, a una variedad registrada no se le permite evolucionar o adaptarse. Tendría que registrarse nuevamente como una variedad diferente.

Aun frente a todos esos problemas, los agricultores no pueden, igualmente, registrar su "no variedad" en el catálogo de semillas. Por lo tanto no pueden vender o siquiera regalar sus semillas. Incluso intercambiar semillas con un agricultor vecino es ilegal. La legislación europea sólo autoriza a los agricultores a producir semillas de su propia cosecha para ser utilizadas únicamente en la misma finca.

Aun cuando un agricultor pudiera reproducir semillas para su propio uso, en general no logra conservar individualmente una variedad. Las variedades dependen en gran medida del trabajo colectivo basado no en un mercado sino en intercambios regulares. Esas variedades necesitan ser cruzadas con otras variedades y ser renovadas continuamente de manera que la planta pueda continuar expresando diversidad y variabilidad genética. En cada terroir, ciertos campos o parcelas de ciertos agricultores producen mejores semillas de una especie, mientras que para otras especies serán otros agricultores y otras parcelas de tierra. Alguien que produce para el mercado no puede producir toda la semilla requerida para plantar al año siguiente. Un horticultor que produce para el mercado no puede simultáneamente reproducir diversas variedades de polinización cruzada de una especie y al mismo tiempo producir más semillas de una variedad de lo necesario (para el repollo se necesitan como mínimo 50 plantas para producir semillas y mantener la diversidad, que produce aproximadamente uno o dos kilos de semillas, cuando un horticultor comercial necesita entre 50 y 100 gramos). Por último, nadie está a salvo de perder todas las semillas como resultado de una mala cosecha, para los cultivos del año siguiente.

Si pueden saltearse temporalmente ciertas etapas de la producción de semillas, el intercambio y la venta de cantidades restringidas de semillas de los agricultores es la clave para el manejo dinámico y colectivo de la biodiversidad agrícola, que está en la base de su existencia. Prohibir el intercambio es prohibir las semillas de los agricultores.

El sistema del catálogo de semillas de la Unión Europea

A cada Estado miembro de la Unión Europea se le exige que mantenga un catálogo nacional (o "lista", como se le denomina en algunos países) de variedades oficialmente reconocidas que pueden ser libremente comercializadas en su territorio. Luego la Comisión Europea coteja los catálogos nacionales con lo que es conocido como el Catálogo Común de la Unión Europea. Las variedades que no figuran en un catálogo nacional o en el Catálogo Común, no están autorizadas, técnicamente hablando, a ser comercializadas en la Unión Europea.

Todas las variedades presentadas para ser registradas deben probar sus rasgos distinción, uniformidad y estabilidad (DUS por sus siglas en inglés), y en algunos cultivos el valor de cultivo y uso (VCU) durante un periodo mínimo de dos años. Los rasgos distintivos significan que es posible distinguir la variedad de las demás variedades registradas, por una o más características. Uniformidad significa que todas las plantas del mismo lote de semillas son iguales. Estabilidad significa que la planta es la misma después de sucesivas generaciones. VCU significa que, comparada con otras variedades registradas, la variedad que se registra ofrece un avance cualitativo o tecnológico (ya sea cuando se planta o se procesa).

En Europa hay una fuerte relación entre este sistema de catálogo y los derechos de propiedad intelectual. En ambos casos se exige la misma prueba de DUS y la suelen realizar los mismos servicios técnicos. La mayoría de las variedades registradas para venta en un catálogo nacional o lista están protegidas también por los derechos de los obtentores vegetales.

 

La semilla guardada en el campo

Uno de los problemas que continúan enfrentando las empresas semilleristas es el relativo a los cultivos de autopolinización, como el trigo. Con esos cultivos los agricultores pueden cosechar, guardar y replantar las semillas al año siguiente. La semilla guardada en el campo es una semilla gratuita y esto los productores comerciales de semillas no lo toleran. Por supuesto, es ilegal vender o intercambiar semillas que no están en los catálogos europeos de semillas, y las semillas no pueden ser utilizadas sin el permiso del titular de los Derechos del Obtentor (PBR, por su sigla en inglés) cuando son patentados. Pero es materialmente imposible impedir a los agricultores que guarden, intercambien o vendan su cosecha de semillas para volver a sembrar. Por lo tanto, las variedades borradas del catálogo pueden de hecho ser reutilizadas durante muchos años. Los agricultores seleccionan sus propias variedades "locales" y nuevamente recuperan total autonomía con respecto a los productores de semillas. De ahí que la semilla guardada en el campo sigue siendo ampliamente utilizada en Europa; por ejemplo, en Francia representa el 50 por ciento de los cultivos de autopolinización.

Por eso la industria semillerista, junto con el gobierno, ha presentado un gran número de otras medidas destinadas a suprimir el uso de semillas guardadas en el campo.

La controversia de la papa Linda en Alemania

Linda es una variedad de papa que fue mejorada por el obtentor vegetal Friedrich Böhm. En 1974 fue registrada y certificada para su venta en Alemania, y protegida con los derechos del obtentor vegetal durante 30 años. Se concedieron a Europlant los derechos de mantener y cobrar regalías por la comercialización de Linda.

Un mes antes de la expiración del certificado de derechos de obtentor, en diciembre de 2004, Europlant suspendió el mantenimiento de la variedad, aunque su registro en la lista nacional era válido hasta 2009. Esto significa que nadie más podía asumir el mantenimiento de la variedad porque en ese momento seguía estando amparada por los derechos de obtentor lo que significa que Europlant tenía los derechos únicos de producir la variedad. De manera que Linda estuvo destinada a desaparecer del mercado alemán de papas.

¿Cuál fue la razón de que Europlant suspendiera el mantenimiento? Hay otras variedades de papa disponibles ahora, que son similares pero superiores a Linda, manifestaron. Pero la acción fue concebida de tal manera que Linda fue sacada de la lista y tal vez no pueda volver a incluirse porque podría ser difícil que pasara las pruebas actuales de VCU. Diversos grupos de Alemania han considerado que se jugó sucio, y que Europlant tan solo desea controlar el mercado en beneficio propio.

Agricultores orgánicos como Karsten Ellenberg y organizaciones de pequeños agricultores como ABL, están disgustados por el hecho de que la papa Linda sea sacada del mercado porque es una variedad muy popular que vale la pena que siga siendo accesible. Europlant, sin embargo, dice que en 2004 Linda sólo ocupaba el 1,4% del mercado alemán de papas para semilla (y 0,5% en todo el periodo de registro 1974-2004). Los críticos también dicen que Europlant está cumpliendo un papel monopólico indebido, decidiendo qué es bueno para los consumidores alemanes. Europlant responde que Linda fue una papa de calidad porque la licencia para la producción de su semilla se dio a un pequeño grupo de productores de semillas muy controlados, y que si ahora entra al mercado abierto, la semilla será producida por productores sin controles, lo que resultará en semillas de mala calidad, perjudicando así tanto a agricultores como consumidores.

La gran organización de agricultores alemanes Deutcher Bauernverband, comparte algunas de las críticas que se hacen a la forma en que Europlant ha manejado la situación. Dicen que la producción de papas Linda para semilla tendrá ahora que ser manejada en privado en el campo, fuera del mercado y que la comercialización del producto final quedará restringida al comercio directo entre agricultores y consumidores. Aducen que esto tendrá el efecto de crear mayor distancia, o incluso desconfianza y problemas, entre agricultores y fitomejoradores en Alemania.

Europlant, por su parte, ha contestado que se está haciendo mucho ruido no porque quiera mantener a la papa Linda viva sino porque algunos quieren cultivar papas sin pagar regalías sobre las semillas.

En realidad, la popularidad de la papa Linda es tal que se ha generado mucho revuelo en los medios de prensa. Y a último minuto (el plazo era el 30 de junio de 2005), las autoridades alemanas han dado a Linda una extensión de dos años a su uso, a partir de un pedido del agricultor Ellenberg. Ellenberg, quien también solicitó volver a registrar la variedad, terminó pensando que Europlant había decidido abandonar la papa Linda muy repentinamente y que todavía había muchas semillas de papa Linda en existencia, para ser utilizada. Tal vez la papa Linda seguirá siendo producida durante dos años más. ¿Pero, y después?

Por mayor información, visitar: http://www.kartoffelvielfalt.de/linda.htm

Derechos de obtentor (PBR)

La mayoría de las semillas están protegidas por los Derechos del Obtentor, y éstos están ampliando su influencia en todo el mundo, engatusando a los países para que adhieran a la Unión Internacional para la Protección y Obtenciones Vegetales (UPOV). La última revisión del Convenio de la UPOV (1991) aumentó la protección que reciben los titulares de Derechos del Obtentor de manera que también abarca a todas las variedades que "se derivan esencialmente" de una variedad inicial protegida. Ese nuevo paso tuvo como finalidad preparar el terreno legal para las nuevas variedades modificadas genéticamente que "se deriven esencialmente" de variedades del Obtentor. Pero también permite al obtentor lograr los derechos legales sobre todas las semillas guardadas en el campo que "se deriven esencialmente" de una variedad protegida. En 1994 se adoptó la reglamentación 2100/94/EC de la Unión Europea para aplicar la UPOV 1991 en los Estados miembros de la Unión Europea. Permite a los agricultores sembrar en su propio campo, para ciertos cultivos, semillas guardadas en el campo de variedades protegidas por los Derechos del Obtentor, pero únicamente si pagan una regalía anual al obtentor. Los pequeños agricultores (los que tienen una cosecha cerealera de menos de 92 toneladas) están eximidos de esta disposición. Como es difícil controlar qué va riedades se guardan en el campo, varios países europeos, como Bélgica y Francia, crearon un programa de Contribución Obligatoria y Voluntaria. Dentro de ese programa, todos los agricultores que cultiven trigo para pan deben realizar un pago que luego es reembolsado a los pequeños agricultores quienes están eximidos de pagar la regalía sobre semillas guardadas en el campo, y a los agricultores que compraron semillas certificadas. El impuesto se cobra incluso a agricultores que no están plantando variedades protegidas por los Derechos del Obtentor. Este programa ha sido impugnado varias veces en los tribunales y los casos todavía están en curso. Si se autoriza que continúen, esos pagos de Contribución Obligatoria y Voluntaria pueden, tanto en los hechos como jurídicamente, terminar con las semillas guardadas en el campo.

En Alemania, las compañías semilleristas han escrito cartas a todos los "agricultores" (incluso a agricultores muertos y personas que ya no son agricultoras) exigiendo que todos los años presenten un inventario completo sobre las semillas que están cultivando, para determinar la regalía que deberían cobrar las compañías por la semilla guardada en el campo. Desde 1998, más de 4.000 agricultores alemanes se han negado a llenar el cuestionario, convencidos de que tienen derecho a guardar y utilizar sus propias semillas en el campo, y han sido llevados ante los tribunales. Tres de esos casos han pasado al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. En el primer caso, éste sentenció que las compañías semilleristas no pueden actuar indiscriminadamente para obtener esa información de los agricultores. En otro caso dispuso que una regalía del 80 por ciento sobre la semilla guardada en el campo, como pretendían las compañías, era demasiado elevada; dijo que lo máximo debería ser 50 por ciento (ver el recuadro La controversia de la papa Linda en Alemania).

Patentes

Como consecuencia de los cultivos transgénicos, Europa adoptó una directiva sobre las patentes de plantas y animales (98/44/EC la protección legal de las invenciones biotecnológicas). Se ha dado protección a través de una patente sobre la información genética (un gen más una función), que incluye todos los derivados biológicos de su reproducción y multiplicación. No se puede patentar una variedad que ya esté contemplada en un Derecho del Obtentor, si bien puede protegerse con un Derecho del Obtentor una variedad que incluya un gen patentado. A pesar de la oposición de la industria de semillas, todas las nuevas variedades transgénicas deben ser registradas en el catálogo de semillas, aun cuando ya esté registrada la misma variedad no transgénica. La patente abarca únicamente el gen cuya utilización está reconocida. Por lo tanto, un agricultor puede volver a sembrar la semilla cosechada que haya sido contaminada accidentalmente, pero tan pronto como la contaminación se haga endémica públicamente, como ocurrió con la semilla oleaginosa de colza en Canadá, el agricultor ya no puede ignorar la contaminación y utilizar las variedades contaminadas (ver el recuadro Coexistencia).

 

 

 

Coexistencia

En el caso de los cultivos transgénicos sembrados dentro de Europa, todas las leyes de semillas deben enfrentar las consecuencias inevitables de la contaminación genética producida por variedades patentadas. En una directiva del año 2001 (Liberación intencional de OMGs 2001/18/EC), la Unión Europea estableció un nuevo derecho, el derecho a la coexistencia, a la vez que autorizaba a los países miembros a definir (si lo deseaban), leyes nacionales para ordenar la coexistencia. Según la Unión Europea, la coexistencia significa que todos los cultivos puedan ser plantados uno al lado del otro sin que alguno de ellos sea prohibido. Esto significa que los agricultores pueden escoger producir cultivos transgénicos, pero también pueden elegir producir cultivos que no han sido contaminados con transgénicos. Sin embargo, con la inevitable contaminación resultante de los cultivos transgénicos, el derecho a producirlos es también un derecho a destruir la agricultura no transgénica. A lo largo del año 2005, continúa en toda Europa el debate sobre la coexistencia. La ley italiana de semillas de 2001 establece el derecho a proteger las prácticas agrícolas tradicionales. Este derecho va más allá del "riesgo" a la salud y el ambiente e introduce el concepto de "riesgo a los sistemas agrícolas". Legalmente, es necesario evaluar esos riesgos antes de que se pueda sembrar un cultivo transgénico autorizado por la Unión Europea. La misma ley autoriza únicamente al ministro a aprobar la producción de cultivos transgénicos, lo que por lo tanto hace responsable al gobierno de cualquier contaminación que pudiera ocurrir.

 

Los limpiadores de semillas

Los agricultores que deseen utilizar semillas guardadas en el campo, invariablemente venderán su semilla a un limpiador de semillas. Los limpiadores de semillas, que generalmente se trasladan de un lugar a otro, eliminan las semillas de mala calidad y las semillas de maleza, la paja y las barbas de las espigas, y tratan las semillas contra plagas y enfermedades. Esto exige un equipo importante, que no está al alcance de los agricultores pequeños y medianos. Es por eso que los empresarios con equipo móvil venden a los agricultores la limpieza de semillas como un servicio. A fines de la década de 1980, las compañías semilleristas francesas intentaron prohibir esa limpieza de semillas, conocida como selección à façon. La Coordinación Nacional para la Defensa de las Semillas de Campo (CNDSF-Coordination Nationale pour la Défense des Semences Fermières), que reúne a agricultores y limpiadores de semillas, combatió los intentos de prohibir los limpiadores de semillas y continúa defendiendo los derechos de los agricultores a utilizar semillas guardadas en el campo. Una directiva de la Comunidad Europea de 1994 reconoce el derecho a limpiar semillas cosechadas "por el agricultor o por un proveedor del servicio" para su replantación.

Subsidios agrícolas

Los subsidios agrícolas también han sido utilizados para reforzar el monopolio del que disfrutan las compañías semilleristas. En Francia, por ejemplo, los subsidios pagados para alentar a los agricultores a que cultiven trigo durum, sólo están disponibles para quienes compren semillas certificadas. Por otro lado, en Italia, donde los terroirs y las condiciones locales de cultivo son tan importantes como la variedad certificada, se dan subsidios a todas las variedades de trigo durum plantadas. No obstante, la Comisión Europea intenta que Italia adopte el mismo sistema.

Normas sobre el control de plagas y enfermedades

Las reglamentaciones en materia de salud también refuerzan el monopolio de las compañías de semillas. Los subsidios en Francia por los árboles frutales o las vides sólo se conceden a plantas certificadas, compradas en viveros certificados, y de cepas vitivinícolas certificadas sin contaminación viral, todo supervisado en centros públicos. La plantación de cepas de vino que no estén clonadas a partir de un tipo certificado es absolutamente ilegal. La base de esta normativa es la lucha contra la enfermedad viral provocada por prácticas agrícolas industriales, controlada en gran medida por las prácticas de la agricultura en pequeña escala y las prácticas agroecológicas. Sin embargo, cuando la contaminación proviene del vivero, parece que hay poco por hacer. Esto demuestra que las reglamentaciones en torno a la enfermedad se refieren más a proteger a los viveros que a prevenir la enfermedad.

Las normas para la protección de la calidad de la producción también tienen el mismo objetivo: los agricultores pueden plantar únicamente algunas pocas vides certificadas; los agricultores no pueden cultivar vides producidas en otras partes del mundo. El tratamiento de la semilla, que los agricultores no pueden hacer por sí mismos, también puede convertirse en obligatorio, como en el caso del girasol. Los acuerdos industriales ilícitos también tienen la misma finalidad. Por ejemplo, las empresas de plaguicidas fueron llevadas ante los tribunales y juzgadas culpables cuando se rehusaron a vender sus productos químicos para semillas a los agricultores o ciertos limpiadores de semillas.

Por último, cuando la legislación no es suficiente, las propias compañías imponen contratos a los agricultores por los cuales sólo se comprarán las cosechan en las cuales se hayan utilizado semillas certificadas.

Variedades de conservación

La posición extrema adoptada por la industria semillerista de Francia, que corta la rama de la biodiversidad en la cual se sienta, no es igual en toda Europa. La mayoría de los países toleran intercambios informales de semillas entre agricultores y algunos países permiten la comercialización de pequeñas cantidades de semillas de variedades que no están incluidas en el catálogo. En 1998, los Estados miembros de la Unión Europea acordaron establecer disposiciones especiales para permitir la venta de "variedades de conservación" conforme a la Directiva 98/95/EC. Según esta directiva, los países de la Unión Europea pueden opcionalmente aplicar esas leyes, como lo hicieron los italianos en 2001 (Ley 212/2001), que reconoce el derecho de las regiones a establecer un catálogo de variedades de conservación.

El mismo año, en 1998, Suiza, que no es miembro de la Unión Europea pero es parte de la zona de semillas europea, adoptó una ley autorizando la comercialización de determinadas cantidades de semillas que no están incluidas en el catálogo (ver también Cuadro: La apertura del sistema de semillas de Suiza). También en 1998, Francia creó un anexo a su catálogo nacional para variedades hortícolas amateurs (de uso no comercial). Es posible vender semillas de esas variedades pero únicamente a horticultores no profesionales, que no comercializan su cosecha.

 

 

 

 

La apertura del sistema de semillas de Suiza

En Suiza, como en la Unión Europea, las semillas no pueden comercializarse o intercambiarse a menos que estén registradas y certificadas por el gobierno. No obstante, en 1998, el gobierno suizo enmendó su ley de semillas y autorizó la circulación de variedades locales, tradicionales ("obsoletas") y primarias ("ecotipos"). Lo hizo a través de una derogación especial de la ley principal. La derogación establece que las semillas de variedades locales pueden ser vendidas o regaladas de manera gratuita sin necesidad de que sean registradas o certificadas de la manera convencional, en la medida que satisfagan los controles regulares de calidad (germinación, pureza, etc.) y tengan una etiqueta especial. Además, el gobierno se reserva el derecho de limitar la cantidad de semillas de variedades locales que pueden circular.

Esto significa que el material de plantación de las variedades tradicionales puede ser comercializado legalmente sin cumplir necesariamente los criterios DUS y VCU. Pero es necesaria la autorización del gobierno, que mantiene una lista de variedades tradicionales para la comercialización, y las cantidades son restringidas.

Actualmente, el tope cuantitativo es la cantidad de semillas necesaria para cultivar 5- 10 hectáreas de la variedad por año, para todo el país que el gobierno traduce en una medida de peso. Por ejemplo, si alguien desea producir y vender una variedad de papa adaptada localmente para que sea cultivada en Suiza (donde para una hectárea se necesita una tonelada de papa para semilla), solamente se permitirá la circulación de 5-10 toneladas de papa para semilla en determinado año.

Hay algunas cosas poco claras:

- ¿Quién tiene el derecho de vender la semilla si esta variedad obtiene autorización: una persona o 50 personas? Si es solamente una persona la primera en inscribirse ese año, entonces se trata de un monopolio sobre esa variedad de papa. En Suiza normalmente sólo se inscribe una persona por variedad, "el obtentor". Pero ¿quién es "el obtentor" de una variedad tradicional? El gobierno dice que nunca consideró este asunto. Por el momento la idea es que si alguien más desea producir semillas de una variedad tradicional de la lista, esa persona debería comunicarse con la que ya se inscribió y pueden resolverlo.

- ¿Cómo puede el gobierno controlar los límites cuantitativos, o cómo lo hace? Actualmente no parece haber un sistema para esto.

- ¿A qué se aplican los límites cuantitativos: a la venta o al intercambio, o a ambos? La circulación, según la ley, abarca tanto a la venta como al intercambio.

En los seis años desde que esta derogación adquirió fuerza de ley, el gobierno ha autorizado 64 variedades de cereales y 67 variedades de papa.

Pro Specie Rara (PSR) es una organización que utiliza esta nueva disposición legal. Desde 1982, PSR ha mantenido y producido semillas de variedades vegetales tradicionales, de razas animales amenazadas y de productos terminados para consumo. Con el cambio de la ley de semillas de Suiza en 1998, ahora puede comercializar las semillas tradicionales, lo que comenzó a hacer en 2001. Pero el límite cuantitativo se está convirtiendo en un problema. De hecho, recientemente obtuvieron autorización para comercializar una variedad de papa azul, fuera del catálogo oficial, llamada Blue Swede. Produjeron 10 toneladas, dentro de la restricción del gobierno, y están comercializando el material de semilla a través de Coop, una gigantesca empresa de venta al público. Pero ahora, la organización profesional de papa suiza, que abarca a productores de papa y productores de papa para semilla, está dando señales. Se queja de que con 10 toneladas, la variedad Blue Swede está accediendo a un mercado importante y ya no cumple más una función de "conservación".

Se han iniciado negociaciones para buscar una solución. El gobierno considera que la variedad Blue Swede debería simplemente ingresar en un catálogo regular, de manera que no tenga más límites cuantitativos. Pero entonces no queda claro si necesitaría pasar por las pruebas de DUS y VCU. PSR tal vez necesite reclamar que lo registren dentro de una de las derogaciones de la ley de semillas, para evitar las pruebas de DUS y VCU.

El Convenio de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA, por su sigla en inglés) crea un mercado común de semillas entre cuatro Estados miembros de EFTA (Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza), autorizando la libre circulación de semillas cuya comercialización está aceptada en uno de los cuatro Estados, con la exclusión específica de las variedades locales de circulación aceptada en Suiza. En otras palabras, los materiales locales (por lo menos de Suiza), están excluidos del mercado común de semillas del EFTA.

(Con la colaboración de Francois Meienberg de la Declaración de Berna)

 

Las semillas como recursos genéticos

Cualquiera sea la sofisticación de las técnicas utilizadas, ningún obtentor vegetal puede "crear" una semilla de la nada. Todo el material genético proviene de la inmensa biodiversidad ofrecida por sucesivas generaciones de agricultores en todo el mundo. Desde principios del siglo XX, las variedades de cultivos agrícolas y hortícolas han desaparecido a un ritmo alarmante. Esto se debe a que las compañías de semillas asumieron la función de producir semillas para los agricultores y utilizando apenas algunas variedades específicamente para el modelo agrícola industrial. Como bien saben los obtentores vegetales y empresas semilleristas, todavía necesitan una reserva genética a partir de la cual desarrollar variedades nuevas. Y es por eso que se formaron grandes colecciones y bancos de genes públicos donde se almacenan miles de variedades. La industria tiene libertad para utilizar esas colecciones públicas para desarrollar sus propias colecciones privadas de tan solo algunas plantas especializadas. La ironía es que sus propias colecciones privadas no son, por supuesto, de acceso público.

Esas variedades, ya sea que existan en colecciones o que todavía sean cultivadas, no son tratadas jurídicamente como variedades sino como reserva genética para el obtentor. Es por esta razón que son denominadas "recursos genéticos" y lo que alguna vez fue un recurso para los agricultores, ahora, legalmente, es un recurso únicamente para unas pocas compañías semilleristas e investigadores.

En un principio, la FAO declaró a los recursos genéticos como "patrimonio común de la humanidad". En nombre de la libertad de investigación, el acceso es completamente gratuito. El concepto legal hizo posible, hasta 1992, la creación de grandes colecciones de semillas.

En 1992, en la Cumbre de la Tierra de Río de Janeiro, el Sur obtuvo "los derechos soberanos de los Estados sobre sus recursos naturales" y "la distribución equitativa de los beneficios" de su uso, si bien los beneficios pronto parecieron ser una ilusión.

En 2002, en Italia, la mayoría de los gobiernos firmaron el Tratado Internacional sobre Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura (ITPGRFA, por su sigla en inglés). El ITPGRFA aceptó reunir el máximo de recursos para realizar un inventario dentro de una colección nacional que sea de acceso libre a todos los demás signatarios. Con el ITPGRFA, esas colecciones nacionales se convirtieron en el patrimonio del club privado de las compañías de semillas.

Para la gran mayoría de productores de alimentos del Sur, el agricultor cultiva, selecciona y conserva la biodiversidad en el mismo campo. En Europa, la legislación ha divorciado totalmente esas tres actividades. Se supone que los agricultores o bien producen alimentos o seleccionan y producen semillas, o conservan recursos genéticos. El ITPGRFA reserva el acceso a los recursos genéticos únicamente para fines de conservación, selección o capacitación. Por lo tanto, los agricultores europeos que actualmente pueden recuperar todavía algunas semillas de las colecciones nacionales para reiniciar su mejoramiento y selección, ahora se enfrentan a esta última alternativa de que las semillas industriales se les nieguen para siempre. La legislación europea no reconoce "que la contribución pasada, presente y futura de los agricultores (…), en particular los de los centros de origen y diversidad, a la conservación, mejoramiento y disponibilidad de estos recursos constituye la base de los Derechos del agricultor", ni "… los derechos (…) a participar en la adopción de decisiones" sobre las cuestiones relacionadas con esto, como lo declara el Tratado de la FAO. Europa ha ratificado el ITPGRFA, pero la aplicación de sus disposiciones sobre Derechos de los Agricultores queda librada a la legislación nacional.

En marzo de 2005, la Comisión Europea presentó una propuesta de directiva sobre "variedades de conservación" que se aparta del criterio corriente de distinción, uniformidad y estabilidad (DUS), y reemplaza el ensayo con "los conocimientos obtenidos con la experiencia práctica durante el cultivo, la reproducción y el uso".

De ser adoptada, esta directiva tendrá que ser aplicada por los Estados miembros a partir del 1º de junio de 2006. La definición propuesta de variedades de conservación se limita a las variedades locales en riesgo por erosión genética, lo que deja en claro que se trata únicamente de ahorrar, a bajo costo, lo que corre peligro de desaparecer y que mañana podría ser utilizado como recurso para la industria semillerista. El reconocimiento de la posible evolución de una variedad (a partir de su reiterada plantación) introduce implícitamente la creatividad permanente en la dinámica de selección de semillas de los agricultores. No se reconocen las mezclas de semillas a menos que estén asociadas con un hábitat natural o semi natural, lo que excluye las mezclas seleccionadas para cultivos asociados fuera de las zonas definidas en el programa nacional de clasificación de vegetación natural o semi natural. Según esta directiva, las variedades de conservación podrían comercializarse en cantidades muy limitadas, pero no indica si se trata de una cantidad global para cada variedad o una cantidad para cada cosecha comercializada. Tampoco hay detalles acerca de quién puede comercializar esas cantidades. Sin más detalles existe el riesgo de que un gobierno asigne la cantidad a un solo productor de semillas. Por último, no se dice nada acerca del derecho inalienable de los agricultores y horticultores a intercambiar libremente, fuera del mercado de semillas, todo lo que hayan cosechado por sí mismos. En países donde se reprime férreamente este intercambio, esta directiva implica una leve mejoría. No obstante, en países donde este intercambio se tolera, especialmente en los nuevos Estados miembros de Europa del este, la directiva podría ser utilizada como una excusa para restringir el intercambio de semillas.

Desde 2003, los agricultores orgánicos europeos pueden utilizar semillas convencionales certificadas, pero solamente para variedades que todavía no están disponibles como semilla orgánica. En la medida que la semilla orgánica oficial está sujeta a las mismas normas que todas las variedades comerciales, no están necesariamente adaptadas a las condiciones locales, lo cual es esencial para la producción orgánica. En 2004, Alemania instauró criterios específicos para el registro de variedades orgánicas. Desde principios de 2005, Francia está estudiando criterios específicos de valor de cultivo y uso para la producción de cultivos de bajos insumos.

 

¿Y ahora qué?

Todavía hay varias opciones a las que pueden recurrir los agricultores de Europa, que les dan más flexibilidad para utilizar sus propias semillas. Numerosos países han reclamado la renegociación de la directiva sobre patentes de la biotecnología (98/44/EC), que permite patentar la vida. Las pruebas a partir de 1998 cuestionan la ciencia sobre la cual se basa esta ley de patentes. En Italia, un país que adopta una visión mucho más flexible sobre las leyes europeas de semillas, se están dando procesos interesantes. El uso creciente de "variedades de conservación", especialmente de parte de la agricultura orgánica, brinda argumentos para implementar una ley para su registro. También podría utilizarse la discusión en torno a variedades de conservación, para reintroducir el concepto de derechos colectivos dentro de la legislación relacionada con las semillas, incluso proteger las semillas de los agricultores contra la biopiratería. La legislación suiza permite el intercambio de cantidades limitadas de semillas de variedades no registradas esta sería la oportunidad de declarar, sin ambigüedades, el derecho absoluto de los agricultores a intercambiar libremente sus semillas fuera de todas las reglamentaciones comerciales.


Nota

1- Terroir es una palabra francesa que no tiene un equivalente literal en castellano. Se refiere al suelo o la tierra (el terruño), pero abarca al mismo tiempo elementos de geografía, estudio de suelo y cultivo. Terroir es fuente de identidad. A menudo se utiliza para explicar las características de determinado vino.

(*) Artículo publicado en la revista Seedling de GRAIN en julio de 2005. Traducido por Raquel Núñez del original en inglés Europe's seed laws: Locking out farmers. La versión en inglés puede consultarse en http://www.grain.org/seedling/?id=343

Author: Guy Kastler
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  • [2] http://www.grain.org/seedling/?id=343